Sumario: 1. Generalidades, 2. El derecho a veto, 3. Realidad Internacional, 4. Conclusión.
1. Generalidades
Es muy difícil predecir el futuro de la Organización de las Naciones Unidas y los desafíos que enfrentará con la finalidad de mantener la paz y la seguridad internacional. Se trata de una cuestión importante puesta en manos del Consejo de Seguridad, el máximo órgano político desde la Segunda Guerra Mundial, que refleja los problemas y cuestiones que ha enfrentado la comunidad internacional desde 1945 hasta la fecha. Aunque durante décadas se ha hablado mucho de la reforma de la Carta de la ONU, una de las más controvertidas es el poder de veto que tienen los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU desde su creación y construcción.
Pues, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es uno de los seis órganos principales de la ONU. Está compuesto por 15 miembros, de los cuales cinco son miembros permanentes con derecho a veto (Estados Unidos, Rusia, China, Francia y el Reino Unido) y diez son miembros no permanentes elegidos por la Asamblea General por períodos de dos años. (Romero, 2017)
2. El derecho de veto
El derecho al veto se estableció en el Capítulo V de la Carta de las Naciones Unidas como una forma de garantizar que las grandes potencias mundiales, que eran los ganadores de la Segunda Guerra Mundial, tuvieran un control significativo sobre las decisiones del Consejo de Seguridad.
Entonces entendemos al derecho de veto como el poder otorgado a los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Estados Unidos, Rusia, China, Francia y el Reino Unido, en el cual permite bloquear cualquier resolución del Consejo de Seguridad, independientemente de cuántos otros miembros estén a favor de ella. Considerada una característica única del Consejo de Seguridad siendo las principales críticas al funcionamiento del organismo.
Se considera tambien al derecho de veto como la decisión sustantiva del Consejo de seguridad, en el cual alguna resolución emitida por los demás estados imponga sanciones o autorice el uso de la fuerza, deberá contar con el apoyo de los cinco miembros permanentes, lo que les otorga un poder significativo para influir en el curso de los asuntos internacionales.
No obstante, este privilegio ha sido objeto de críticas por varias aristas, una de ellas es la misma permanencia de los cinco miembros con derecho a veto, en el cual se presume que será utilizado para proteger sus propios intereses nacionales o los de sus aliados, a menudo bloqueando acciones que podrían haber detenido conflictos o abusos graves de los derechos humanos. Por otro lado, algunos países manifiestan al sistema de veto como otorgamiento de un poder desequilibrado a un pequeño número de naciones, lo que socava la igualdad de los estados miembros en la toma de decisiones internacionales.
A raíz de estas críticas, ha habido llamados a reformar el sistema de veto o incluso a abolirlo por completo. Sin embargo, cualquier cambio en el sistema de veto requeriría el consentimiento de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad, lo que lo convierte en un proceso complicado y difícil de lograr.
Abordar un tema crucial en las relaciones internacionales y la gobernanza global es delicado y complejo. “El uso selectivo del derecho a veto por parte de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, especialmente en el contexto del conflicto israelí-palestino, ha generado preocupación y críticas generalizadas sobre la efectividad y la equidad del sistema de toma de decisiones en la ONU”. (Torres, 2008)
Los conflictos entre estados, resalta la tensión entre la democracia y la eficacia en el sistema de la ONU. Si bien el Consejo de Seguridad se concibió para reflejar el equilibrio de poderes de la posguerra y garantizar la participación de los principales actores internacionales, su estructura actual ha sido objeto de críticas por su falta de representatividad y su incapacidad para abordar de manera efectiva los conflictos y las crisis humanitarias en todo el mundo.
3. Realidad Internacional
Se tiene presente la participación de la ONU mediante el Consejo de Seguridad en distintos problemas coyunturales, uno de lo más mencionados, es relacionado al conflicto entre Israel y Palestina tema complejo, por supuesto y de larga data que ha involucrado disputas territoriales, políticas, religiosas y culturales. Se presenció múltiples intentos de encontrar una solución pacífica y duradera, pero hasta el momento, ninguna ha sido completamente exitosa.
El conflicto tiene sus raíces en reclamaciones históricas y territoriales sobre la tierra que ahora constituye Israel, Cisjordania y la Franja de Gaza. Ambos grupos reclaman derechos sobre la misma área, lo que ha llevado a enfrentamientos violentos, guerras y tensiones constantes. Las principales cuestiones en disputa incluyen la creación y reconocimiento de un estado palestino independiente, las fronteras, el estatus de Jerusalén, los asentamientos israelíes en territorios ocupados, el derecho al retorno de los refugiados palestinos y la seguridad de Israel.
El conflicto israelí-palestino es solo un ejemplo de cómo las consideraciones geopolíticas y los intereses nacionales pueden influir en las decisiones del Consejo de Seguridad, lo que a menudo socava su capacidad para tomar medidas significativas en situaciones de crisis. Esta situación plantea preguntas importantes sobre la legitimidad y la relevancia del Consejo de Seguridad en el mundo actual.
En el contexto del conflicto entre Israel y Palestina, el derecho de veto ha sido objeto de debate y críticas. En varias ocasiones, las resoluciones relacionadas con este conflicto han sido bloqueadas o vetadas por uno de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, principalmente Estados Unidos.
Últimamente, países adheridos a la organización de las naciones unidas, presentaron su malestar e incomodidad ante el pronunciamiento de Estados unidos y las resoluciones relacionados a palestina. El presidente de Turquía Recep Tayyip manifestó su rechazo y cuestiona no solamente al país de Estados Unidos sino al funcionamiento del máximo órgano de Naciones Unidas, con la idealización de reformarla.
Esto ha llevado a la percepción de que el Consejo de Seguridad no puede actuar de manera efectiva para abordar el conflicto israelí-palestino debido a las divisiones entre sus miembros permanentes. Algunos argumentan que el uso del veto en este contexto ha contribuido a la prolongación del conflicto y ha obstaculizado los esfuerzos para alcanzar una solución pacífica y justa, presenciando desde el estallido de la guerra de Gaza, desde entonces, EE.UU. ha vetado tres resoluciones para pedir “un alto al fuego inmediato”
El derecho de veto está cada vez más cuestionado internacionalmente, y si se requiera cambio de funcionamiento de la ONU, claramente se tendrá en cuenta el voto del Consejo por lo que es predecible la aplicación del veto por el total o parcial de países permanentes. No obstante, otros politólogos e internacionalista afirman que el derecho de veto es un elemento primordial para obtener equilibrio de poderes en el sistema internacional y que estrategias para abordar el conflicto israelí- palestino deberá manifestarse mediante una negociación directa entre partes involucrada con el soporte de la comunidad internacional
La reforma del Consejo de Seguridad para hacerlo más democrático, transparente y representativo es una propuesta que ha sido debatida durante años. Sin embargo, implementar cambios significativos en la estructura y el funcionamiento del Consejo de Seguridad requiere un amplio consenso entre los Estados miembros de la ONU.
4. Conclusión
A pesar de los desafíos, es importante seguir abogando por una mayor democratización y rendición de cuentas en el sistema de toma de decisiones de la ONU, especialmente en el Consejo de Seguridad, para garantizar que pueda cumplir efectivamente su mandato de mantener la paz, la seguridad internacional y proteger los derechos humanos en todo el mundo. Esto podría incluir medidas como la expansión del número de miembros permanentes y no permanentes, limitaciones al uso del veto y una mayor transparencia en las deliberaciones y decisiones del Consejo.
5. Referencias
El mundo. (2023).”Un punto de inflexión en la historia”: la comunidad internacional critica el veto de EEUU al alto el fuego en Gaza.
Silva González, Jorge Luis, & Gener Crespo, Orelvis. (2020). El consejo de seguridad de las naciones unidas ¿un órgano democrático? Revista Universidad y Sociedad, 12(2), 241-250. Epub 02 de abril de 2020. Recuperado en 14 de junio de 2024, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202020000200241&lng=es&tlng=es.
Romero, Y. (2017). La Organización de las Naciones Unidas. En Derecho Internacional Público. Parte General. Imprenta MINREX
Pino, C. E. (2012). El Consejo de Seguridad y su actuación para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional. Universidad de La Habana
Torres, M. I. (2008). El derecho de veto en el Consejo de Seguridad de NU: la historia de la válvula de seguridad que paralizó el sistema. Anuario Colombiano de Derecho Internacional.