Fundamento destacado: 8. Cuando en el marco de un proceso penal se determina la responsabilidad de un sujeto por graves violaciones de los derechos humanos y, particularmente, cuando tales delitos configuran crímenes de lesa humanidad (cfr. Sentencia recaída en el Expediente 0024- 2010-PI/TC, fundamento 49), la obligación de reparar a las víctimas constituye un asunto de singular relevancia constitucional y para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De modo tal que, mientras no se cumpla con atender dichas reparaciones en todos sus alcances, se verifica una inconstitucionalidad por omisión susceptible de ser controlada jurisdiccionalmente de modo permanente, es decir, hasta que tales reparaciones sean satisfechas en su totalidad.
EXP. N.° 03028-2023-PHC/TC
LIMA
ALBERTO KENYA FUJIMORI
FUJIMORI, representado por MARY
ELENA CABRERA VALDIVIA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 21 días del mes de octubre de 2024, los magistrados Pacheco Zerga (presidenta), Domínguez Haro (vicepresidente), Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, con fundamento de voto que se agrega, Ochoa Cardich y Hernández Chávez, con fundamento de voto que se agrega, han emitido la presente sentencia. El magistrado Monteagudo Valdez, con fecha posterior, votó a favor de la sentencia, con fundamento de voto que se agrega. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por Gregorio Fernando Parco Alarcón, a favor de Alberto Kenya Fujimori Fujimori, contra la resolución de fecha 12 de mayo de 2023, expedida por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Demanda
Con fecha 16 de marzo de 2023, Mary Elena Cabrera Valdivia interpone demanda de habeas corpus a favor de don Alberto [Kenya] Fujimori Fujimori, y la dirige contra don Ricardo C. Pérez Manrique, Humberto Antonio Sierra Porto, Doña Verónica Gómez, Patricia Pérez Golberg y Rodrigo de Bittencourt Mundrovitsch, jueces de la [Corte] Interamericana de Derechos Humanos, a fin de que se ordene la inmediata libertad del favorecido, quien fue detenido en virtud de lo ordenado por la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha 7 de abril de 2022, que dispuso no dejarlo en libertad, pese a que contaba con la sentencia de habeas corpus emitida en el Expediente 02010-2020-PHC/TC, de fecha 17 de marzo de 2022, que mantenía vigente el indulto presidencial promulgado a su favor por el expresidente don Pedro Pablo Kuczynski.
En síntesis, alega que dicha detención es arbitraria, toda vez que existe una sentencia de habeas corpus que ordena, con el carácter de cosa juzgada, la excarcelación del favorecido en mérito a un indulto presidencial. Por ello, denuncia la violación de su derecho fundamental a la libertad individual.
Auto de admisión a trámite
El Primer Juzgado Constitucional de Lima, mediante Resolución 1, de fecha 16 de marzo de 2023, admite a trámite la demanda. Empero, se emplazó a la CIDH ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, quien se negó a recibir la notificación.
Sentencia de primera instancia o grado
El Primer Juzgado Constitucional de Lima, mediante sentencia, Resolución 4, de fecha 9 de abril de 2023, declara que “no procede” la demanda de habeas corpus, pues la emplazada se encuentra fuera de la jurisdicción nacional.
Sentencia de segunda instancia o grado
La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima confirma la resolución apelada argumentando similar fundamento.
[Continúa…]