Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno al 2021

Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM que aprueba la Política General de Gobierno al 2021, publicado en el diario oficial El Peruano.

DECRETO SUPREMO Nº 056-2018-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 118 que el Presidente de la República dirige la política general del gobierno; asimismo, en su artículo 130, establece que dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión;

Que, el Poder Ejecutivo, de conformidad con el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, el artículo 25 de la citada Ley, señala que el Ministro de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es el responsable político de la conducción de un sector o sectores del Poder Ejecutivo; correspondiéndole entre sus funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, bajo dicho marco normativo, a través del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, con el objeto de regular las Políticas Nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, con la finalidad que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Reglamento, señala que la Política General del Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales durante un periodo de Gobierno;

Que, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del precitado Reglamento, para el presente periodo gubernamental la Política General de Gobierno, se aprueba por acuerdo del Consejo de Ministros y se materializa por decreto supremo con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros;

Que, para alcanzar el desarrollo integral del país, es necesario que el Gobierno identifique un conjunto de ejes y lineamientos prioritarios de la Política General del Gobierno al 2021, en concordancia con los lineamientos generales del discurso del Señor Presidente de la Republica del 23 de marzo de 2018 y los compromisos de política presentados en el discurso del Presidente del Consejo de Ministros ante el Congreso de la República del Perú, con fecha 02 de mayo de 2018; los cuales consideran los enfoques de garantía de derechos, interculturalidad, de prevención, de cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos y de desarrollo de las diversas potencialidades productivas de cada uno de los territorios del país, de sostenibilidad ambiental, con énfasis en la participación ciudadana y protección de las poblaciones más vulnerables.

Que, los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021 orientan el desarrollo y actualización de políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales; y se encuentran en concordancia con las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030;

Que, en sesión de fecha 16 de mayo de 2018, el Consejo de Ministros acordó aprobar la política general de gobierno al 2021, la cual contiene los ejes y lineamientos prioritarios para superar las mayores brechas identificadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas, así como en los servicios elementales;

Que, el Gobierno tiene como prioridad lograr un país descentralizado, basado en el diálogo en el que el Estado es capaz de llevar servicios básicos y oportunidades de desarrollo a todos los ámbitos territoriales del país;

Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar la Política General de Gobierno, que incluye los Ejes y Lineamientos prioritarios al 2021;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación de la Política General

Apruébese la Política General de Gobierno, que incluye los ejes y lineamientos prioritarios de gobierno al 2021.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

La Política General de Gobierno al 2021, es de aplicación inmediata para todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales; y, las entidades dependientes de ellos en el marco de sus competencias;

Artículo 3.- Ejes de la Política General de Gobierno al 2021

La Política General de Gobierno al 2021 se desarrolla sobre cinco ejes, que se encuentran interrelacionados y que guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país.

1. Integridad y lucha contra la corrupción.

2. Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad

3. Crecimiento económico equitativo, competitivo y sostenible

4. Desarrollo social y bienestar de la población

5. Descentralización efectiva para el desarrollo

Artículo 4.- Lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021

Los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021, son:

1. Integridad y lucha contra la corrupción.

1.1 Combatir la corrupción y las actividades ilícitas en todas sus formas.

1.2 Asegurar la transparencia en todas las entidades gubernamentales.

2. Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad.

2.1 Construir consensos políticos y sociales para el desarrollo en democracia.

2.2 Fortalecer las capacidades del Estado para atender efectivamente las necesidades ciudadanas, considerando sus condiciones de vulnerabilidad y diversidad cultural.

3. Crecimiento económico equitativo, competitivo y sostenible

3.1 Recuperar la estabilidad fiscal en las finanzas públicas.

3.2 Potenciar la inversión pública y privada descentralizada y sostenible.

3.3 Acelerar el proceso de reconstrucción con cambios, con énfasis en prevención.

3.4 Fomentar la competitividad basada en las potencialidades de desarrollo económico de cada territorio, facilitando su articulación al mercado nacional e internacional, asegurando el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y del patrimonio cultural.

3.5 Reducir la pobreza y pobreza extrema tanto a nivel rural como urbano.

3.6 Fomentar la generación de empleo formal y de calidad, con énfasis en los jóvenes.

4. Desarrollo social y bienestar de la población

4.1 Reducir la anemia infantil en niños y niñas de 6 a 35 meses, con enfoque en la prevención.

4.2 Brindar servicios de salud de calidad, oportunos, con capacidad resolutiva y con enfoque territorial.

4.3 Mejorar los niveles de logros de aprendizaje de los estudiantes con énfasis en los grupos con mayores brechas

4.4 Aumentar la cobertura sostenible de servicios de agua y saneamiento.

4.5 Mejorar la seguridad ciudadana, con énfasis en la delincuencia común y organizada.

4.6 Promover la igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres, así como garantizar la protección de la niñez, la adolescencia y las mujeres frente a todo tipo de violencia.

5. Descentralización efectiva para el desarrollo

5.1 Institucionalizar la articulación territorial de las políticas nacionales.

5.2 Promover, desde los distintos ámbitos territoriales del país, alianzas estratégicas para su desarrollo sostenible.

Cada sector es responsable de definir los indicadores clave de desempeño que sean relevantes para medir el avance en los lineamientos prioritarios al 2021 antes indicados.

Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Del cumplimiento de los Lineamientos Prioritarios de la Política General del Gobierno al 2021

A partir de la vigencia de la presente norma, los Ministros de Estado aprueban en el marco de sus competencias, los objetivos nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno durante el presente periodo gubernamental, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales.

Segunda.- Mejora en los mecanismos de recolección de información

La Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, proponen mejoras en los mecanismos de recolección de información del Instituto Nacional de Estadística e Informática y de los registros administrativos que miden los avances de los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021 indicados en el artículo 4.

Tercera.- Seguimiento de compromisos de Gobierno

La Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros se encarga del seguimiento del cumplimiento de un sub conjunto priorizado de los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno conforme sea encargado por el Presidente del Consejo de Ministros, para lo cual proveerá análisis para la detección de puntos críticos que afecten la entrega de resultados a la ciudadanía para la oportuna toma de decisiones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

1651713-2

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