Cuotas mensuales del CAL serían voluntarias. ¿Estás de acuerdo?

El congresista Víctor Andrés García Belaunde, perteneciente al grupo parlamentario Acción Popular, presentó el 31 de octubre, el proyecto de ley que pretende modificar literal del artículo 11 º de la Ley Nº 1367, Ley de creación del Colegio de Abogados de Lima.

El cambio quedaría del siguiente modo:

Artículo 11.- Son rentas de los colegios:

b) El que se obtenga de los derechos de incorporación de los abogados, cuya tasa será fijada en los estatutos respectivos. Los pagos por cuotas ordinarias y/o de cualquier naturaleza y/o temporalidad por pertenecer al colegio serán de carácter voluntario, excepto la de incorporación y/o colegiación por única vez, de ser el caso. El pago voluntario de éstas cuotas otorga al abogado todos los beneficios creados o por crearse, de acuerdo a su estatuto. (…).

La exposición de motivos del Proyecto de ley 3596-2018-CR sostiene que actualmente se establece que los requisitos para ejercer la profesión consisten en pagar por el derecho a colegiarse y luego para un libre ejercicio de la especialidad, pagar periódicamente una cuota. Asimismo, el impago de las cuotas tiene como consecuencia que el abogado no pueda ejercer su derecho a voto.

Al respecto, respecto al ejercicio de la abogacía, los colegios profesionales, por intermedio de sus decanos, no estarían ejerciendo labores de sanción a sus malos miembros de la orden por cometer ilícitos, por lo que no estarían cumpliendo sus funciones.

Descargue en PDF el proyecto de ley completo aquí

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