El congresista Víctor Andrés García Belaunde, perteneciente al grupo parlamentario Acción Popular, presentó el 31 de octubre, el proyecto de ley que pretende modificar literal del artículo 11 º de la Ley Nº 1367, Ley de creación del Colegio de Abogados de Lima.
El cambio quedaría del siguiente modo:
Artículo 11.- Son rentas de los colegios:
b) El que se obtenga de los derechos de incorporación de los abogados, cuya tasa será fijada en los estatutos respectivos. Los pagos por cuotas ordinarias y/o de cualquier naturaleza y/o temporalidad por pertenecer al colegio serán de carácter voluntario, excepto la de incorporación y/o colegiación por única vez, de ser el caso. El pago voluntario de éstas cuotas otorga al abogado todos los beneficios creados o por crearse, de acuerdo a su estatuto. (…).
La exposición de motivos del Proyecto de ley 3596-2018-CR sostiene que actualmente se establece que los requisitos para ejercer la profesión consisten en pagar por el derecho a colegiarse y luego para un libre ejercicio de la especialidad, pagar periódicamente una cuota. Asimismo, el impago de las cuotas tiene como consecuencia que el abogado no pueda ejercer su derecho a voto.
Al respecto, respecto al ejercicio de la abogacía, los colegios profesionales, por intermedio de sus decanos, no estarían ejerciendo labores de sanción a sus malos miembros de la orden por cometer ilícitos, por lo que no estarían cumpliendo sus funciones.