La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada iniciará el 27 de diciembre la marcha blanca del algoritmo aprobado por el CEPJ para racionalizar la distribución de carga procesal según la complejidad de cada caso, considerando indicadores como número de acusados, delitos y pruebas. Este proyecto, respaldado por el fondo tripartito Suiza-Luxemburgo-Perú, busca modernizar el sistema judicial con inteligencia artificial, asignando pesos específicos a los expedientes, lo que permitirá calcular la duración estimada de los juicios y mejorar la transparencia y eficiencia en el proceso penal.
CORTE SUPERIOR NACIONAL INICIA MARCHA BLANCA DEL ALGORITMO PARA RACIONALIZAR DISTRIBUCIÓN DE CARGA PROCESAL
Proyecto fue aprobado por CEPJ y superó fase de prueba
La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSN) iniciará este viernes 27 de diciembre, en el marco de su VI Aniversario de creación, la marcha blanca del proyecto “Diseño de algoritmo para la asignación de la carga procesal ponderada por el Sistema Integrado Judicial – SIJ de la CSN”, que permitirá racionalizar la distribución de la carga procesal entre sus órganos jurisdiccionales, de acuerdo a la complejidad de cada caso.
Este proyecto fue aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), máximo órgano de gobierno institucional en marzo de este año, y ha concluido su fase de prueba. Es una de las principales propuestas de gestión del presidente de la CSN, Octavio César Sahuanay Calsín, que se concreta antes de concluir su mandato el 31 de diciembre próximo.
La herramienta permitirá usando una serie de indicadores como: número de investigados o acusados, agraviados, delitos, elementos de convicción o de prueba, medir la complejidad de cada proceso penal, dar un peso específico a cada proceso, desterrando la práctica de siglos de medir a todos los procesos como una unidad, que desconoce la realidad donde cada proceso no sólo en la especialidad penal tiene pesos distintos.
La Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (CDI) presidida por el doctor Sahuanay Calsín e integrada por representantes del Ministerio Público, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia a través de la Defensa Pública, y la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, en su última reunión del 20 de diciembre, aprobó por unanimidad los cuatro formatos donde se registrará la más completa información de los casos como: número de imputados, de delitos, de agraviados, de pruebas, diferenciadas en prueba personal, pericial o documental, ofreciendo una data real de cada proceso, acorde con la irrupción de la inteligencia artificial.
Los formatos se utilizarán para cada fase del proceso penal: 1) al momento de formalizarse la investigación preparatoria. 2) cuando se presente el requerimiento acusatorio o mixto, estas dos fases a cargo del Ministerio Público. 3) cuando se emita el auto de enjuiciamiento, a cargo del Poder Judicial y 4) cuando se presente la apelación por el sujeto procesal afectado.
“Lo aprobado por el CDI es un acuerdo histórico porque es una herramienta interinstitucional que obliga a jueces, fiscales, procuradores públicos actores civiles, etc. a proporcionar la data que alimenta el algoritmo y es un primer paso para cimentar la interoperabilidad de las instituciones del sistema de administración de justicia penal”.
Explicó que las bondades del algortimo beneficiarán a todos los actores del proceso penal, así por ejemplo, un requerimiento con 50 acusados tendrá un valor diferente que otro con un solo acusado, y el juez o Sala podrá explicar de mejor manera por qué un juicio tiene determinada duración.
“El fiscal podrá alegar la complejidad real de su carpeta, el abogado podrá explicarle a su cliente qué significa un caso de complejidad de 30 puntos, frente a otro de peso 3. En suma, nunca más un sistema ciego qué a todo expediente medía como uno. La segunda fase permitirá calcular de acuerdo al peso específico del expediente, la duración que se espera de un juicio oral en años, meses, días y horas”, afirmó.
Agradeció al fondo tripartito Suiza, Luxemburgo y nuestro país por haber financiado el proyecto, especialmente a los programadores y al CEPJ que presidió la doctora Elvia Barrios Alvarado en el año 2022 por haber respaldado este proyecto y a todos los jueces y trabajadores de la Corte que participaron en el equipo que propuso los pesos de los indicadores por cada etapa procesal y a los funcionarios del Poder Judicial que habilitaron cada etapa del proyecto que se cristaliza luego de tres años.




![Cohecho pasivo específico: no basta la sola referencia de la promesa de soborno como medio corruptor, sino que se debe establecer en qué consiste específicamente esa promesa [Apelación 135-2024, Loreto, ff. jj. 6.19-6.20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Suprema declaró nula sentencia de vista porque jueces incrementaron la cuantificación del daño moral sin justificación objetiva [Cas. Lab. 30335-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Trabajador CAS puede desistirse de su renuncia? [Resolución 004327-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Responsabilidad de los ministros en actos del presidente o del Consejo de Ministros: para que se configure la negociación incompatible no basta que el imputado haya realizado el refrendo ministerial sobre la resolución (medidas extraordinarias) calificada como producto del delito, sino que, además, debe intervenir en su formación, independientemente de si representa una cartera ministerial desvinculada a las medidas extraordinarias [Casación 3623-2023, Nacional, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)



![El despido por hostigamiento sexual puede sustentarse únicamente en la declaración de la víctima [Casación 41977-2022, Tacna] acoso-laboral](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/acoso-laboral-hostigamiento-violacion-secretaria-hostigar-LPDerecho-3-218x150.png)
![Trabajadores CAS deben efectuar sus reclamaciones de orden laboral vía proceso contencioso-administrativo [Cas. Lab. 21508-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Voto singular] De «sujeto» a «objeto» del proceso: debe acreditarse peligro procesal para dictar prisión preventiva; de lo contrario, esta medida cautelar se convertiría en una sanción [Exp. 03217-2022-PHC/TC, ff. jj. 7-8] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![[Voto singular] La representación popular en una democracia representativa comprende dos elementos: el institucional (partido u organización política) y el personal (individuo que aspira a la curul); es decir, la condición ineludible para arribar un cargo de representación popular es a través de un partido u organización política (caso del fortalecimiento de los grupos parlamentarios) [Exp. 00001-2018-AI/TC, ff. jj. 4-5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Elecciones regionales y municipales 2026: partidos políticos podrán incrementar afiliados para primarias [Resolución 0625-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/JNE-Jurado-Nacional-Elecciones-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: JNE establece competencia material de los Jurados Electorales Especiales [Resolución 0624-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Suprema declaró nula sentencia de vista porque jueces incrementaron la cuantificación del daño moral sin justificación objetiva [Cas. Lab. 30335-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Elecciones regionales y municipales 2026: partidos políticos podrán incrementar afiliados para primarias [Resolución 0625-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/JNE-Jurado-Nacional-Elecciones-LPDerecho-100x70.png)


