Corte dispone que PCM, Ministerio del Ambiente y otros emitan plan de trabajo en tres meses para descontaminar Laguna de Yarinacocha

El Juzgado Civil de Yarinacocha, en Ucayali, dispuso que diversas entidades del Estado, entre ellas la Presidencia del Consejo de Ministros, el Gobierno Regional de Ucayali, y los ministerios del Ambiente y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, adopten acciones inmediatas y efectivas para revertir la contaminación de la laguna de Yarinacocha.

La decisión fue emitida por el juez Carlos Díaz Herbozo, luego de que la Sala Especializada Civil y Afines de Ucayali desestimara los recursos de casación y de agravio constitucional interpuestos por las entidades demandadas, con lo cual la sentencia quedó firme.

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De esta manera, se dio inicio a la ejecución de la sentencia del proceso de amparo presentado por Raúl Lunasco Cabezas, en favor de las comunidades Shipibo-Conibo y Shetebo, y de todas las personas beneficiarias del ecosistema.

El magistrado ordenó que, en un plazo de tres meses, las instituciones involucradas presenten un informe detallado sobre las acciones adoptadas y un plan de trabajo y ejecución con plazos razonables. Asimismo, quedó facultado para verificar el cumplimiento de estas medidas, bajo apercibimiento de imponer multas en caso de incumplimiento.

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La resolución judicial alcanza también a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, la Municipalidad Distrital de Yarinacocha y el Hospital Amazónico de Yarinacocha.

En la sentencia se señala que la contaminación de la laguna vulnera los derechos fundamentales a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, al agua potable y a la salud, reconocidos en el artículo 44, numerales 25, 26 y 27, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

La Sala Civil Especializada, presidida por el magistrado Tullio Bermeo Turchi e integrada por los jueces Ovidio Medina Navarro y Jorge Chipana Díaz, corroboró el daño ambiental con los medios probatorios presentados por el demandante. En su fallo, el tribunal advierte que la calidad del agua presenta un alto nivel de agentes nocivos, afectando directamente a la población de la región.

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El órgano colegiado también enfatizó que, pese a los informes del Ministerio del Ambiente que desde hace tres décadas alertan sobre la contaminación, la respuesta estatal no ha derivado en soluciones concretas. Recordó, además, que el Estado peruano tiene obligaciones constitucionales y supraconstitucionales para proteger el medio ambiente y garantizar un entorno saludable.

Con información de la Corte de Ucayali.

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