Corte del Callao condena a 14 años de prisión a tío abuelo por tocamientos a sobrina nieta

Aprovechó que la menor vivía en su casa para agredirla en el baño.

El Juzgado Penal Colegiado Subespecializado de Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Callao condenó a José Eduardo Santamaria Sandoval a 14 años de cárcel por el delito contra la libertad sexual-tocamientos, actos de connotación sexual o actos, libidinosos en agravio de su sobrina nieta de iniciales D.Z.C.D. (9 años).

El tribunal integrado por los magistrados John Oré Juárez (presidente), Wilder José Padilla Valera (director de debates) y Pedro Miguel Gil Espinoza ordenó el pago de una reparación civil ascendente a la suma de cinco mil soles (S/ 5 000).

¿Qué pasó?

El 22 de junio del 2022, en la localidad de Bocanegra-Callao, el padre de la menor de iniciales D.Z.C.D. (9 años) denuncia hechos de agresión sexual por parte de su tío abuelo José Eduardo Santamaría Sandoval.

Cuando el progenitor fue a buscarla a la casa del tío, donde ella vive con su madre, se pudo dar cuenta del mal estado de ánimo de la pequeña, quien manifestaba no querer estudiar e irse de esa casa. Luego de insistirle por su tristeza, se enteró de lo sucedido.

“Una madrugada ella se estuvo bañando y su tío quería que ella duerma sola. En otra fecha, la tarde del 16 de junio del 2022, cuando la niña llegó del colegio a casa, José Santamaría esperó que sus hijos suban al tercer piso para agarrarla fuertemente de la mano, llevarla al baño, besarla, tocarle sus partes íntimas y ultrajarla, ocasionándole dolor en su zona íntima”, así se detalla en el parte policial.

El certificado médico legal determinó que la menor no presentó signos de lesiones en su zona íntima. No obstante, en cámara Gesell, la menor confirmó que su tío le realizó tocamientos en varias oportunidades y, además, cuando estaban solos la hacía sentarse en sus piernas. Ella le rehuía por temor.

La defensa de José Eduardo Santamaria Sandoval ha apelado esta decisión y se espera la confirmación en segunda instancia para ejecutar la medida privativa de la libertad.

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