La congresista Ursula Letona de Fuerza Popular presentó el proyecto de Ley 4117 que pretende modificar el artículo 27 de la Constitución Política del Perú a fin de indemnizar al trabajador despedido arbitrariamente.
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La propuesta también señala que solo en casos de despido nulo se procederá con la reposición del trabajador al centro de trabajo. Cabe resaltar que el proyecto de ley no demandará recursos nuevos recursos al erario nacional.
La reposición será excepcionalmente cuando el despido se base en la situación de madre trabajadora y el ejercicio de los derechos vinculados a la libertad sindical.
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La presente propuesta legislativa se enmarca en el contexto de las políticas establecidas en el Acuerdo Nacional, que prioriza en uno de sus items, la concertación y el diálogo social entre empresarios, trabajadores y el Estado por medio del Consejo Nacional de Trabajo a fin de promover el empleo, la competitividad de las empresas y sobre todo, asegurar el derecho de los trabajadores.
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo Único. Modificación del artículo 27 de la Constitución Política del Perú
Modifiqúese el artículo 27 de Constitución Política del Perú, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
‘Artículo 27°. – La Ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario, exclusivamente a través del pago de la indemnización por despido arbitrario establecida en la ley. Sólo en casos de despido nulo, previstos taxativamente en la Ley, procede la reposición al centro de trabajo”.
Descargar aquí el proyecto de ley
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