El Taller de Investigación en Derecho Administrativo (TIDA) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con el auspicio del Centro de Estudios en Libre Competencia y Barreras Burocráticas (CELB), tienen el agrado de invitarlos a la Conferencia «Instrumentos de mejora regulatoria: el análisis de impacto regulatorio», abriendo un espacio de discusión respecto a esta herramienta que busca asegurar la calidad de las decisiones de política pública y regulaciones adoptadas por las autoridades.
PONENTES:
Francisco Ochoa Mendoza
- Abogado por la Universidad de Lima y máster en Regulación por la London School of Economics and Political Science.
- Docente de la Escuela Nacional de la Competencia y es docente de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, en la Universidad Pacífico, entre otras.
- Actualmente es Subjefe de la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi.
Hebert Tassano Velaochaga
- Abogado de la PUCP. Expresidente del INDECOPI.
- Ex Miembro del Cuerpo Colegiado Permanente del OSITRAN y Presidente del Tribunal de Solución de Controversias del OSIPTEL, como también Secretario Técnico del Tribunal de Solución de Controversias y de la Junta de Apelaciones de Reclamos del OSINERGMIN.
- Miembro del grupo de expertos en temas de consumidor y libre competencia de la UNCTAD.
- Máster en Regulación de Servicios Públicos en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y el IEDE Business School – Universidad Europea de Madrid.
- Estudios de Postgrados en la Organización Mundial del Comercio, el Banco Mundial, Universidad Pontificia Comillas de Madrid y Curso de Alta Dirección en la Universidad de Piura.
- Especialista en temas de Regulación, Competencia, Protección al Consumidor, Barreras Burocráticas y Derecho Administrativo.
- Docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad San Martín de Porres en la maestría y en pre grado, en los cursos de Competencia y Regulación- ESAN, en los cursos de Derecho Administrativo y Sectores Regulados, en los Cursos de Extensión Universitaria organizados por la SUNASS y OSINERGMIN.
- Autor de diversas publicaciones. Representante del Estado peruano en diversos foros internacionales.
Karina Montes Tapia
- Economista de la Universidad Nacional Agraria La Molina y máster en Gestión Pública por la Universidad ESAN.
- Experiencia profesional en la gestión pública, principalmente, en el diseño y aplicación de instrumentos económicos con fines de regulación y cumplimiento de la legislación en diversas entidades públicas tales como: el Ministerio de Energía y Minas, Osinergmin y el OEFA
- Ha sido Gerente y Jefa de Equipo de Análisis Económico de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi. Actualmente es Asesora de la Presidencia del Consejo Directivo del Oefa.
- Adicionalmente, se ha desempeñado como consultora en proyectos financiados con recursos del BID, Banco Mundial y la CAF, así como ha participado en asesorías en temas de fiscalización, análisis de impacto regulatorio y diseño de esquemas sancionadores en entidades públicas.
- Ejerce docencia en la Universidad del Pacífico en materia de Análisis de Impacto Regulatorio.
Oscar Súmar Albújar
- Doctor en Derecho por UC Berkeley. Director de Regulación Racional SAC.
- Socio de Sumar & Sánchez Abogados. Profesor PUCP y UP.
- Ha formado parte del equipo RIA del Minjus para la revisión de los decretos legislativos emitidos por este gobierno.
- Autor de «Economía y Constitución: las libertades económicas en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional» entre otros libros.
Maria Antonieta Merino
- Abogada por la Universidad de Lima, con Maestría en Derecho (LL.M) por la New York University.
- Becaria de la Arthur T. Vanderbilt Scholarship y Donald K. Fariello Scholarship. NYU International Finance and Development Fellow del International Institutefor Sustainable Development (Ginebra, Suiza).
- Docente de Derecho Administrativo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Ha sido profesora del Programa Especializado en Regulación y Fiscalización Ambiental de dicha casa de estudios, del Programa de Especialización en Derecho Minero, Gestión y Responsabilidad Ambiental en la Universidad del Pacífico y del curso de Regulación de Servicios Públicos en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
- Actualmente, se desempeña como Asesora Senior de la Dirección de Políticas y Análisis Regulatorio del Ministerio de la Producción.
- Se ha desempeñado como Asesora de la Jefatura del Senace; Directora de Supervisión, Subdirectora de Supervisión Directa y Secretaria Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA; y Ejecutivo 1 de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi.
- Miembro de diversos equipos técnicos en las negociaciones de los tratados de libre comercio firmados y en negociación en la actualidad.
FECHA: Jueves 13 de julio del 2017
HORA: 18:00 a 21:00 horas
LUGAR: Salón de Grados «José León Barandiarán» de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
INGRESO LIBRE(*)
INSCRIPCIÓN VIRTUAL
Mandar un correo a [email protected] con la siguiente información:
• Nombre completo
• Número de DNI
• Asunto: Evento RIA
INFORMES:
E-mail: [email protected]
Números de contacto:
958-877-761
976-183-047
941-473-303
(*) El ingreso es LIBRE previa inscripción. Sírvase enviar sus solicitudes por el correo electrónico indicado.
Capacidad limitada
¡Los esperamos!
![Tres requisitos del principio de imputación suficiente en la fundamentación de la acusación: fáctico (relato circunstanciado y preciso de los hechos); lingüístico (lenguaje claro, sencillo y entendible, sabiendo que va a ser conocida por ciudadanos imputados); y normativo (fijar la modalidad típica, individualizar la imputación, fijar el nivel de intervención, y establecer los indicios y elementos de juicio que sustentan cada imputación) [RN 2823-2015, Ventanilla, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nulidad de condena por vulneración del principio de imputación necesaria: acusación no indicó medio típico (violencia, amenaza o entorno) del delito de violación sexual [Exp. 3192-2023-92]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Conversaciones del imputado sin acreditar el contexto o la materialización en actos delictivos es insuficiente para condena por banda criminal [Exp. 909-2024-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-218x150.jpg)
![Absolución de delito de agresiones contra integrante de grupo familiar por inexistencia de situación de vulnerabilidad y circunstancia asimétrica del agraviado [Exp. 2044-2025-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)

![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuántos representantes puede designar un sindicato en la negociación colectiva descentralizada? [Informe Técnico 00541-2026-Servir-GPGSC] Trabajo-negociación colectiva-sindicato-reunión-equipo-laboral-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Trabajo-negociacion-colectiva-sindicato-reunion-equipo-laboral-LP-Derecho-218x150.png)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![ONPE prioriza al Cercado de Lima para programa piloto del voto digital en las elecciones regionales y municipales 2026 [Resolución Jefatural 000052-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley, el mecanismo de la cancelación en los procedimientos no competitivos puede ser aplicado una vez que se haya configurado alguno de los supuestos para tales efectos, a partir de la aprobación del expediente de contratación y hasta antes de su adjudicación, que se da como efecto de la aprobación del procedimiento no competitivo [Opinión D000031-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Destituyen a jueza de paz por intervenir indebidamente en desalojo y exceder funciones notariales [Investigación Definitiva 4215-2022-Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Declaran ilegal que Sucamec exija contrato de trabajo previo para autorizar servicios de seguridad personal [Resolución 0110-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-324x160.jpg)


![Tres requisitos del principio de imputación suficiente en la fundamentación de la acusación: fáctico (relato circunstanciado y preciso de los hechos); lingüístico (lenguaje claro, sencillo y entendible, sabiendo que va a ser conocida por ciudadanos imputados); y normativo (fijar la modalidad típica, individualizar la imputación, fijar el nivel de intervención, y establecer los indicios y elementos de juicio que sustentan cada imputación) [RN 2823-2015, Ventanilla, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-100x70.jpg)


![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-100x70.jpg)
