La Corte Constitucional colombiana emitió un polémico fallo en el que ratificó que las corridas de toros y peleas de gallo no pueden ser sancionadas como maltrato animal.
«Estas prácticas (corrida de toros y pelea de gallos) no califican de esta forma si se practican como parte de una tradición cultural arraigada«, sustentó el tribunal.
Los justicia colombiana sostiene que las corridas de toros y las peleas de gallo tienen un arraigo cultural, lo que las vuelve in sancionables.
Estas declaraciones han generado el rechazo de los grupos ambientalistas y de protección animal. A pesar de que la Corte haya reconocido que los toros son animales que pueden sentir, esto no es razón suficiente para prohibir las corridas de toro y las peleas de gallos en lugares donde son eventos frecuentes.
Cabe precisar que el tribunal no ha reconocido el arraigo de las corridas de toros en el país, solamente ha especificado que la práctica se tolerará en los municipios donde se han venido realizando de manera regular, periódica e ininterrumpida.
Solo en los siguientes países las corridas de toros son legales: España, Francia, Portugal, México, Colombia, Venezuela, Perú y Ecuador.

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