Los trabajadores del Ministerio Público vienen llevando a cabo, desde este martes 25 hasta hoy, un paro preventivo nacional de 48 horas. Entre sus reclamos, exigen el pase de los servidores CAS al Régimen Laboral 728 y el incremento presupuestal institucional a la Fiscalía y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el convenio colectivo.
Medios locales han reportado que la medida ha sido acatada en Huánuco, Puno, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huancayo y más regiones. «Ya nuestros pares del Poder Judicial lo han conseguido, no entendemos por qué a nosotros se nos sigue postergando», declaró Yerson Chaupis Soto, dirigente sindical de Huánuco.
Asimismo, Valentín Huayllapuma Lima, dirigente sindical de Puno, señaló a Radio La Decana que existen 20 000 trabajadores CAS y que 300 pertenecen a su región. Indicó también que exigen la entrega de uniformes institucionales 2025 y la implementación del cuarto tramo de la escala remunerativa.
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Al respecto, el Colegio de Abogados de Puno «respaldo de manera contundente» la medida y rechazó cualquier amedrentamiento, presión o represalia contra los trabajadores. Ante ello, la orden alegó:
Exigimos al estado decisiones inmediatas, no excusas: Hacemos un llamado enérgico al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Justicia y al propio Ministerio Público a dejar de lado la indiferencia y abrir, sin demora, un proceso de negociación serio, responsable y con resultados concretos. La inacción no solo agrava el conflicto: afecta directamente a la ciudadanía.
PRONUNCIAMIENTO EN FIRME RESPALDO A LA HUELGA NACIONAL DE LOS
TRABAJADORES DEL MINISTERIO PUBLICO
El señor decano y su Junta Directiva – Gestión 2025 – en pleno del Ilustre Colegio de Abogados de Puno, fiel a su deber de defender el Estado de Derecho, la dignidad laboral y la integridad del sistema de justicia, se dirige a la población para expresar su posición con la mayor claridad y firmeza:
PRIMERO: CONDENAMOS LA DESATENCION SISTEMATICA HACIA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO PUBLICO: Durante años, el Estado ha mantenido en precariedad a los trabajadores quienes sostienen dia a dia la función fiscal, tratando de brindar un servicio eficaz que exige la poblacion. Esa indiferencia institucional no solo vulnera derechos laborales; debilita peligrosamente la lucha contra el crimen y la corrupción. Esta situación es inaceptable.
SEGUNDO: RESPALDAMOS DE MANERA CONTUNDENTE LA HUELGA NACIONAL: El derecho a la huelga – reconocido en la Constitución y en los convenios internacionales de la OIT – no puede ser criminalizado ni minimizado. Los trabajadores del Ministerio Publico no están pidiendo privilegios: están exigiendo justicia laboral frente a deudas históricas somo son: a) Pase de los servidores CAS al Régimen Laboral 728; b) Incremento presupuestal institucional al Ministerio Publico.
TERCERO: EXIGIMOS AL ESTADO DECISIONES INMEDIATAS, NO EXCUSAS: Hacemos un llamado enérgico al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Justicia y al propio Ministerio Público a dejar de lado la indiferencia y abrir, sin demora, un proceso de negociación serio, responsable y con resultados concretos. La inacción no solo agrava el conflicto: afecta directamente a la ciudadanía.
CUARTO: AMEDRENTAMIENTO O REPRESALIA: Toda medida intimidatoria contra trabajadores que ejercen un derecho constitucional merece nuestro mas rotundo rechazo. La defensa de la legalidad incluye defender a quienes trabajan para sostenerla.
QUINTO: RECORDAMOS QUE SIN TRABAJADORES DIGNIFICADOS NO HAY JUSTICIA EFECTIVA: Pretender un Ministerio Público eficiente mientras se mantiene a su personal en condiciones precarias es una contradicción que hiere al sistema de justicia y a la democracia. La mejora laboral no es una concesión: es una obligación del Estado.
SEXTO: EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE PUNO PERMANECERÁ VIGILANTE: Nos mantendremos alertas ante cualquier vulneración de derechos y continuaremos respaldando a los trabajadores en su justa movilización. La defensa del Estado de Derecho también exige defender a quienes sostienen su funcionamiento diario.

![En la colusión no puede considerarse como agravante la pluralidad de agentes, porque al ser un «delito de encuentro» la concertación es elemento constitutivo del tipo (no es posible que se pueda consumar con la única participación de una sola persona) [Exp. 01909-2024-PHC/TC, ff. jj. 33-34]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/peculado-colusion-corrupcion-justicia-juez-magistrado-detenido-delito-LPDerecho-218x150.png)
![¡ATENCIÓN! Modifican el reglamento sobre proceso especial de colaboración eficaz para adecuarlo a las recientes modificaciones del CPP [DS 003-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/interrogatorio-colaborador-eficaz-preguntas-investigacion-LPDerecho-218x150.jpg)
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