El Colegio de Abogados de Ayacucho interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32330, publicada el 10 de mayo de 2025, que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para considerar imputables a los adolescentes de 16 y 17 años por ciertos delitos graves.
La demanda sostiene que esta norma vulnera los artículos 1°, 2°.2, 4°, 44° y 139°.3 de la Constitución, así como disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Según el gremio, la ley desconoce la especial protección que debe brindarse a los adolescentes en conflicto con la ley penal.
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El Colegio advierte que el cambio normativo supone un retroceso frente a los estándares internacionales de derechos humanos, y recuerda que medidas similares fueron ya cuestionadas y derogadas tras su aplicación durante el régimen de Alberto Fujimori, cuando también se redujo la edad de imputabilidad penal.
Por ello, solicita al Tribunal Constitucional declarar la inconstitucionalidad total de la Ley 32330 y expulsarla del ordenamiento jurídico, al considerar que configura una infracción de fondo y directa al bloque de constitucionalidad, afectando principios como la progresividad de derechos, la igualdad y el interés superior del niño.
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AL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ.
EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE AYACUCHO, con RUC 20494384605, debidamente representado por el decano Richard ALMONACID ZAMUDIO. quien actúa debidamente autorizado en mérito al Acta de Sesión de lo Junto Directivo N.° 04. de fecho 23 de moyo de 2025 (Anexo 1- B). identificado con DNI XXXX (Anexo 1-A), señalando domicilio institucional el Jr. Sucre N.° 367-369, distrito Ayocucho, provincia Huom ongo y Región Ayocucho y domicilio procesal electrónico en el correo electrónico: [email protected], y teléfono celular: XXXX/XXXX; [email protected].
I. PETITORIO
Que, al amparo de las artículos 20398, 200°.4, y 204° de b Constitución Palitica del Perú, de los artículos 74° y 76° del nuevo Código Procesal Canstitucional (NCPConst.), en nombre y representación del flustre Colegio de Abogados de Ayacucho, interpongo la demanda de PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD contra la Ley 32330. «ley que modifica el Código Penal. Decreto Legislativo 635, y el Código de Responsobilidad Penol de Adolescentes, Decreto Legislativo 1348, para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal», publicada en el diario oficial «El Peruano» el 10 de mayo de 2025, por contravenir los artículos 1°, 2°.2, 4°, 44° y 139°.3 de la Constitución, que establecen como obligación del Estado la defensa de la persona humana; el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley evitando un trato discriminatorio basados en azones subjetivas; es deber de la comunidad y del Estado proteger especialmente al niño y al adolescente; son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; y que ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación: además por quebrantar abiertamente los artículos 3°, 37° y 40° de la Convención sobre los Derechos del Niño, que obligan al Perú asegurar la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar; el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda; y que antes de la edad mínima se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales; y del artículo 5°.5 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; por lo que debido a su vulneración, postulo la pretensión procesal constitucional de que se expulse del ordenamiento jurídico nacional la Ley 32330; por los fundamentos de hecho y derecho que líneas abajo serán expuestos.
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