Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre la programación y formulación de procesos en la gestión pública. La clase estará a cargo del reconocido especialista Luis Carlos Nuñez Puente.
Luis Carlos Nuñez Puente es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Máster en Recherche en Gestión des Organisations por la Université Montesquieu Bordeaux IV Francia. Asimismo con maestrías concluidas en Ciencias Económicas y Gestión Pública (UNMSM). Es especialista en Planeamiento Estratégico del Estado, Gestión Pública para el Desarrollo, Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública , entre varias más. Actualmente se desempeña como Consultor Senior para el PJ y Banco Mundial en la implementación del Expediente Judicial Electrónico. Anteriormente ha ocupado cargos de asesoramiento técnico en el sector público y privado.
Asimismo, aprovechamos la oportunidad para hacer de su conocimiento que nuestro Diplomado en gestión pública municipal, inicia este 7 de enero de 2023. Si se matricula hasta el 29 de diciembre de 2022 se lleva gratis un libro y puede pagar en dos cuotas. Para más información, clic aquí.
No se pueden perder esta clase llena de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— no encontrarán en otro sitio.
La clase se desarrollará este viernes 23 de diciembre de 2022 a las 8:30 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
LINK DE LA CLASE APARECERÁ AQUÍ
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![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)




![La apología al terrorismo no tiene como fin provocar nuevas acciones delictivas; su daño está en alabar, destacar y resaltar el terrorismo o a sus autores con condena firme, contribuyendo a legitimar las acciones de fuerzas contrarias al orden constitucional y sus valores [Exp. 00005-2020-AI/TC, f. j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![No cualquier expresión favorable sobre un acto terrorista, o su autor, constituye delito; para ello, se requiere (i) exaltación de un acto terrorista ya realizado; (ii) si es sobre la persona, que tenga condena firme; (iii) uso de medio idóneo y público (difusión a un número indeterminado de personas) y (iv) que la exaltación lesione reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y consenso [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 88]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![JNE: Reglamento marco para las elecciones de autoridades de municipalidades de centros poblados [Res. 0749-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
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