El Décimo Juzgado Especializado en lo Constitucional admitió a trámite, este último 20 de octubre, la demanda de hábeas corpus presentada por el Instituto de Defensa Legal Policial (IDL-POL) que solicita la nulidad de la resolución que dictó 7 días de detención preliminar contra Luis Magallanes, suboficial imputado por el presunto homicidio calificado de Eduardo Ruiz.
Lea más | Generación Z: PNP suspende a jefes de Dirincri, Dirin y Región Policial de Lima
La medida fue interpuesta contra Abel Centeno Estrada, juez del Noveno Juzgado de Investigación de Preparatoria Nacional y Roger Yana Yanqui, fiscal supraprovincial de la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos y Contra el Terrorismo.
De acuerdo a la demanda, pese a la solicitud «expresa» de su defensa, durante la audiencia se «inaplicó de manera flagrante» la Ley 32181 (Ley que garantiza el principio de
presunción de inocencia y brinda mayor protección al personal de la PNP).
Más información COMPRAR ENTRADA
Además, señala que esta norma prohíbe que el fiscal solicite la detención preliminar contra policías que, en el ejercicio de su función jurisdiccional, «hagan uso de sus armas y causen lesiones o muertes». El abogado Jesús Poma Zamudio, en representación del IDL-POL, argumentó que esta ley indica:
El fiscal se encuentra impedido de solicitar detención preliminar judicial contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros en que en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte
Por ello, la institución precisó que la «obligación» de Centeno Estrada era de dictar comparecencia con restricciones y no la detención preliminar. Asimismo, expresa que en probablemente en los próximos días el «fiscal demandado también solicitará la prisión preventiva».
SEÑOR JUEZ CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
JESUS PAUL POMA ZAMUDIO, identificado con DNI XXXX, abogado con registro CAL XXXX, director ejecutivo del INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL POLICIAL, con domicilio procesal en el domicilio procesal en el XXXXX, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; correo electrónico XXXX, casilla electrónica XXXX, casilla física del Colegio de Abogados de Lima Centro XXXX – Cercado de Lima, ante usted, con el debido respeto me presento y digo:
Que, con arreglo a los artículos 139 incisos 3 y 14, y 200 y el artículo 33, inciso 22 del nuevo Código Procesal Constitucional, interpongo DEMANDA DE HÁBEAS CORPUS en favor del ciudadano LUIS MICHAEL MAGALLANES GAVIRIA, suboficial de la Policía Nacional del Perú, identificado con DNI XXXX, dirigida contra los siguientes responsables:
El señor magistrado ABEL ÁNGEL CENTENO ESTRADA, juez titular del 9º Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, quién debe ser notificado a través de la casilla electrónica 114526, conforme a la Resolución Administrativa Nº 000231-2020-P-CSJLI-PJ.
El señor fiscal ROGER YANA YANQUI, titular de la 3º Fiscalía Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, quién debe ser notificado a través de la casilla electrónica 171123, conforme a la Resolución Administrativa Nº 000231-2020-PCSJLI PJ.
[Continúa…]