Fundamento destacado: SEGUNDO.- Calificación jurídica. […] El bien jurídico protegido es el derecho de uso o explotación exclusiva de los objetos amparados por un título de propiedad industrial previamente inscrito en la Oficina española de Patentes y Marcas, de manera que lo penalmente relevante, es el ataque a la exclusividad de que goza el titular o cesionario de los derechos; no es el mercado en general o los derechos e intereses de los consumidores, sino el derecho al uso exclusivo por parte del titular del derecho industrial registrado (Sentencias del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2000, 19 de marzo de 2004, 668/2008, de 22 de octubre).
Roj: SAP M 3124/2020 – ECLI:ES:APM:2020:3124
Id Cendoj: 28079370152020100100
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Madrid
Sección: 15
Fecha: 24/04/2020
Nº de Recurso: 349/2019
Nº de Resolución: 137/2020
Procedimiento: Procedimiento abreviado
Ponente: ANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS
Tipo de Resolución: Sentencia
Resoluciones del caso: SAP M 3124/2020,
STSJ M 12133/2020
Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 7 – 28035
Teléfono: 914934582,914933800
Fax: 914934584
GRUPO DE TRABAJO 2DRR
37051530
N.I.G.: 28.058.00.1-2016/0009140
Procedimiento Abreviado 349/2019
Delito: Contra la propiedad industrial. Patentes y modelos de utilidad
O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 02 de Fuenlabrada
Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 1153/2016
SENTENCIA N º 137/2020
Ilmos/as. Sres/as. de la Sección Decimoquinta
MAGISTRADA: DÑA. ANA REVUELTA IGLESIAS (ponente)
MAGISTRADO: D.LUIS PELLUZ ROBLES
MAGISTRADO: D. ALBERTO MOLINARI LOPEZ RECUERO
En Madrid, a 24 de Abril de 2020
VISTA en juicio oral y público, ante esta Sección de la Audiencia Provincial de Madrid, la causa instruida con el núm. 1153/2016, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Fuenlabrada y seguida por los trámites del Procedimiento Abreviado, por un delito contra la propiedad industrial y otro de desobediencia a la autoridad, contra Domingo, representado por la Procuradora Dª. Azucena Meleiro Godino y asistido de la letrada Dª. Ana María Contreras Menor, y contra Elias, representado por la Procuradora Dª. Azucena Meleiro Godino y asistido de la letrada Dª. Lucía María García Méndez, y contra las mercantiles King Size Productos, S.L. y Patriot Sport, S.L.
Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y la Mercantil Adidas A.G. como Acusación particular, representada por el procurador José Antonio Fente Delgado y asistida del Letrado D. Alejandro Angulo Lafora.
Ha actuado como ponente la Magistrada Dña. Ana V. Revuelta Iglesias.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal, en el acto del juicio, calificó definitivamente los hechos enjuiciados como legalmente constitutivos:
– Respecto del acusado Domingo, de un delito contra la propiedad industrial previsto y penado en el artículo 274.1 y 2 del Código Penal, y un delito de desobediencia previsto y penado en el artículo 556.1 del Código Penal.
– Respecto del acusado Elias, de un delito contra la propiedad industrial previsto y penado en el artículo 274.1 y 2 del Código Penal.
La Acusación Particular calificó los hechos enjuiciados como legalmente constitutivos, respecto de los acusados Domingo y Elias y los responsables civiles subsidiarios King Size Productos, S.L. y Patriot Sport, S.L., de un delito continuado contra la propiedad industrial por infracción de marca previsto y penado en el artículo 274.1.b) del Código Penal, un delito continuado contra la propiedad industrial por infracción de diseño industrial previsto y penado en el artículo 273 del Código Penal, y un delito de desobediencia grave a la Autoridad previsto y penado en el artículo 556.1 del Código Penal.
SEGUNDO.- Las Defesas de los acusados solicitaron la libre absolución de sus defendidos respecto de los hechos que se les imputaban.
[Continúa…]


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