El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha dispuesto una normativa que tiene como objetivo los vehículos de dos o tres ruedas: estamos hablando de las bicimotos y motos eléctricas.
Estos medios de transportes tendrán que tener una placa de rodaje y un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) debido a su incremento de uso en las calles y pistas.
Además, los conductores deberán tener la tarjeta de propiedad de estos vehículos para que no sean llevados al depósito y puedan circular con normalidad.
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Sobre el tipo de permiso para conducir, el propietario deberá tramitar una licencia de tipo B2 debido a que las bicimotos y motos eléctricas ahora son considerados en la categoría L de esta norma.
De acuerdo con el MTC, si bien es cierto que las bicicletas que han sido modificadas con motores no ingresan a esta norma, esta cartera ha prohibido que las mismas sean implementadas con este tipo de baterías o motores.
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Solo en Lima, ya se cuentan con tres mil de estas unidades que circulan en las calles, según Registros Públicos. La modificación de la norma ya se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano.