La Academia de la Magistratura, en el marco de la edición 29.° del Programa de Formación de Aspirantes (Profa), entre otros documentos, compartió el temario académico a partir del cual se tomará el examen de conocimientos para cubrir 330 vacantes a nivel nacional.
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EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
ADMISIÓN 29.° PROFA
TEMARIO
ARGUMENTACIÓN Y RAZONAMIENTO JURÍDICO
1.- SOBRE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y LA SUBSUNCIÓN
1.1. Diferencia entre la inferencia deductiva y la inferencia inductiva
1.2. Justificación interna de la subsunción (referida a la justificación lógico deductiva de la inferencia jurídica en su conjunto)
1.3. Justificación externa de la subsunción (referida a la justificación de la premisa normativa y la premisa fáctica)
1.4. Diferencia entre falsedad y falacia
2.- SOBRE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y LA INTERPRETACIÓN
2.1. Concepto de interpretación jurídica
2.2. Respecto a los elementos y problemas del lenguaje en general
a) Connotación o comprensión de un enunciado
b) Denotación o extensión de un enunciado
c) Vaguedad
d) Ambigüedad
e) Textura abierta
2.3. Respecto a la estructura normativa y los enunciados jurídicos condicionales
a) Supuesto de hecho y consecuencia jurídica
b) Enunciados con condición suficiente pero no necesaria
c) Enunciados con condición necesaria pero no suficiente
a) Enunciados con condición suficiente y necesaria
2.3. Respecto a las lagunas en el campo jurídico (relativas a la nomenclatura de Alchourrón y Bulyigin)
a) Laguna normativa
b) Laguna axiológica
c) Laguna de reconocimiento
d) Laguna de conocimiento
2.4. Respecto a las principales clases de interpretación
a) Literal
b) No literal
b.1.Interpretación extensiva.
b.2.Interpretación restrictiva.
c) Interpretación sistemática.
2.5. Respecto a las principales clases de argumentos jurídicos
a) Argumento “a contrario” o contrario sensu
b) Argumento analógico
c) Argumento “a fortiori”
d) Argumento teleológico
2.6. Respecto a las antinomias (relativas a la nomenclatura de Alf Ross)
a) Antinomia TOTAL-TOTAL
b) Antinomia PARCIAL-PARCIAL
c) Antinomia TOTAL-PARCIAL
3.- SOBRE LA ARGUMENTACIÓN Y EL RAZONAMIENTO PROBATORIO
3.1. Respecto del concepto de prueba y sus clases en el contexto jurídico general
a) La inferencia probatoria
b) Prueba directa
c) Prueba indirecta
3.2. Respecto de los sistemas de valoración de la prueba en general
a) Sistema de la prueba legal o tasada.
b) Sistema de la libre convicción.
c) Sistema de la sana crítica
d) Estándares de prueba
3.3. El modelo de Toulmin
a) La pretensión
b) La razón o datos
c) La garantía
d) El respaldo.
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4.- SOBRE LA ARGUMENTACIÓN, LA PONDERACIÓN Y EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
4.1. Diferencia entre normas regla y normas principio (relativa a la teoría de Robert Alexy).
4.2. Diferencia entre el argumento por subsunción y el argumento por ponderación.
4.3. Diferencia entre la teoría del contenido esencial de los DD. FF. y la teoría de la ponderación de los derechos fundamentales.
4.4. Diferencia entre la concepción positivista y la concepción postpositivista respecto de la labor creadora del juez.
4.5. La ley de ponderación (relativa a la teoría de Robert Alexy)
4.6. La fórmula de peso (relativa a la teoría de Robert Alexy)
4.7. Respecto al test de proporcionalidad en sentido genérico (relativo a la teoría de Robert Alexy)
a) Test de idoneidad o adecuación.
b) Test de necesidad o indispensabilidad.
c) Test de proporcionalidad en sentido estricto (o ponderación)
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![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)


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