[Actualización 21.08.19 | 11:16]
El juez supremo Hugo Núñez Julca decidió esta mañana abrir proceso penal sumario al exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, tras la denuncia presentada en su contra por el presunto delito de encubrimiento real.
Esto debido a la remoción de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del equipo especial del Caso Lava Jato, decisión que luego dejó sin efecto. La resolución judicial indica que se ha ordenado comparecencia simple para Chávarry, considerando que la fiscalía suprema no solicitó medida coercitiva alguna contra él.
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— Canal N (@canalN_) August 21, 2019
[Nota original 21.08.19 | 11:00]
En vivo. Al interior del Palacio de Justicia, se desarrolla la audiencia de presentación de cargos contra Pedro Chávarry por la presunta comisión del delito de encubrimiento real. El juez supremo Hugo Nuñez Julca es quien preside la audiencia, desde el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
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Como se recuerda, fue la actual fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, quien denunció a Chávarry ante el Congreso por distintos delitos, pero en el Parlamento solo se aprobó acusarlo por encubrimiento real.
Ese proceso se sustenta en la remoción presuntamente sin sustento de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del equipo especial Lava Jato. Chávarry los retiró de sus cargos el 31 de diciembre del 2018 y días después los restituyó en sus puestos.
¿Porqué Chávarry removió a Domingo Pérez y Vela Barba?
A través de la resolución 4853-2018-MP-FN, publicada en las normas legales del diario El Peruano, Pedro Chávarry utilizó seis argumentos para adoptar esa postura:
1. A través de diversos medios de comunicación se advierte una serie de hechos generados por algunos integrantes del Equipo Especial de Fiscales, que atentan constantemente contra el principio de jerarquía que afecta la institucionalidad y el orden en el Ministerio Público.
2. Se vulnera el principio de reserva de la investigación, establecido en el inciso 12 del artículo 33 de la Ley de la Carrera Fiscal, que establece como uno de los deberes de los fiscales guardar la reserva debida en aquellos casos que, por su naturaleza o virtud de leyes o reglamentos, así lo requieran.
3. El fiscal Domingo Pérez cuestionó el nombramiento del fiscal de la Nación, elegido por aclamación por la Junta de Fiscales Supremos, conducta que viene siendo reiterada en otros fueron ante diversas circunstancias, lo que estaría afectando la autonomía del Ministerio Público.
4. Se ha solicitado de manera reiterada al fiscal superior coordinador, Rafael Vela, que presente informes sobre el proceder del citado fiscal provincial, toda vez que las actuaciones desarrolladas por este último que se precisan en el considerando precedente, y que son ajenas a la función fiscal que ejecuta, vulnera el principio de jerarquía, en que se funda orgánicamente el Ministerio Público y desestabilizando el orden institucional, sin contar hasta la fecha con respuesta sobre el particular.
5. Se aprecia que de los sendos requerimientos de información formulados a la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, tanto por el despacho de la Fiscalía de la Nación, y otras instancias de la administración pública, sobre el estado de las investigaciones a su cargo y temas conexos, en algunos casos no existe respuesta y en otras es incompleta.
6. Se advierte que información que por mandato legal tiene carácter reservado, viene siendo propalada a través de un sector de los medios de comunicación, lo que evidencia que no se está garantizando la reserva de la investigación frente a la injerencia de terceros conforme lo dispone la norma procesal a efectos de no vulnerar derechos fundamentales previstos en la Constitución del Estado.
Todos estos argumentos señalaban que Vela y Pérez se habrían sublevado ante Pedro Chávarry, entonces titutal del Ministerio Público.



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