La Asociación por los Derechos de los Presos (Apoder) está en actividades desde el 2017, dedicada a la asesoría y litigio pro bono de causas sociales para personas recluidas, sea por prisión preventiva o por condena firme.
Durante el último año, a raíz de la innegable crisis sanitaria gestionó acciones macro que logren un alcance, no solo a los internos que los contactan para asesoría, sino a todos aquellos que compartan su condición.
Los derechos humanos no se extinguen con la condena privativa de la libertad. Esta solo restringe la libertad de tránsito y, por excepción, la inhabilitación para el ejercicio de derechos específicos, que, por ningún motivo, pueden afectar el derecho a la salud y a la vida digna de los internos.
La crisis sanitaria no es ajena a la realidad carcelaria y los motines, en Miguel Castro Castro, por ejemplo, y la emisión de normas específicas para combatir el hacinamiento lo evidencian de forma incontrastable.
Sin embargo, estas medidas, si bien pueden ser discutibles en tanto la inobservancia del principio de igualdad, reviven un problema que todos los litigantes afrontan en el día a día.
Los plazos procesales no son respetados. Esto, si en condiciones normales genera amenazas y daño a los derechos los internos, cuando hablamos de demora en tiempo de pandemia, la amenaza para la vida es algo concreto.
En este marco, Apoder, a través de su presidente, Jack Miller Pérez Arévalo, y su director de desarrollo académico, César Nakazaki Seminario, le piden, en carta abierta al público, al presidente del Poder Judicial, que establezca lineamientos claros para solucionar la demora en la tramitación y que se declare la responsabilidad de los funcionarios que no estén al ritmo de la urgencia.
![No corresponde aplicar la reducción de la pena por vulneración del plazo razonable sin considerar quién habría provocado dicha dilación, máxime si el imputado fue declarado reo contumaz —dilatando su situación jurídica— [RN 602-2025, Lima Sur, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Falta de participación de la recurrente en la declaración preliminar de testigos protegidos —debido al carácter reservado de la investigación— no vulnera su derecho de defensa, porque esa limitación inicial se compensa con la posibilidad posterior de interrogarlos en juicio oral [Apelación 174-2025, Selva Central, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema reafirma que el acta de entrevista única en cámara Gesell no es inválida por el solo hecho de no haber sido realizada como prueba anticipada, siempre que haya sido incorporada válidamente al proceso y no se genere una afectación sustancial al derecho de defensa [Casación 1873-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/nina-abuso-agresion-sexual-violacion-violencia-LPDerecho-218x150.png)

![Los docentes universitarios contratados, incluso a plazo indefinido, no tienen derecho a la reposición si no ingresaron por concurso público de méritos, correspondiéndoles únicamente la indemnización [Cas. Lab. 5148-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![Cláusula penal por el desistimiento de la compra del inmueble equivalente al 30% del precio es abusiva [Resolución 642-2025/SPC-INDECOPI, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Los registros de asistencia deben incluir mecanismos de seguridad contra alteración, manipulación, deterioro o pérdida [Casación 4636-2023, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-218x150.png)

![JNE define cantidad de consejeros regionales que serán elegidos en las Elecciones Regionales 2026 [Resolución 0001-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)


![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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