Artículo 844.- Solicitante con discapacidad
En el caso de que las personas solicitantes sea una persona con discapacidad:
Además de lo dispuesto en el artículo 751, a la solicitud se acompaña:
a) Las razones que motivan la solicitud.
b) El certificado de discapacidad que acredite la condición de discapacidad de la persona que solicita el apoyo o salvaguardia.
Concordancias
CC: art. 44; CPC: arts. 130, 424, 425, 751.
Jurisprudencia del artículo 844 del Código Procesal Civil
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Corte Superior
- Resolución directoral del Conadis no constituye certificado de discapacidad que debe acompañarse a la solicitud de apoyo y salvaguardia [Exp. 00469-2021-0]. Link corto: lpd.pe/0mYKX
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