Artículo 749.- Procedimiento
Se tramitan en proceso no contencioso los siguientes asuntos:
1.- Inventario;
2.- Administración judicial de bienes;
3.- Adopción;
4.- Autorización para disponer derechos de incapaces;
5.- Declaración de desaparición, ausencia o muerte presunta;
6.- Patrimonio familiar;
7.- Ofrecimiento de pago y consignación;
8.- Comprobación de testamento;
9.- Inscripción y rectificación de partida;
10.- Sucesión intestada;
11.- Reconocimiento de resoluciones judiciales y laudos expedidos en el extranjero.
12.- Las solicitudes que, a pedido del interesado y por decisión del Juez, carezcan de contención; y
13.- La designación de apoyos para personas con discapacidad.
14.- Los que la ley señale.
Concordancias
CC: arts. 2, 47, 60, 63, 67, 241, 242, 249, 277, 427-429, 433, 491, 496.4, 507, 732, 793, 794, 796.3, 874, 987, 1006, 1144, 1253, 1576, 1736, 1861, 1862, 1876; CPC: arts. 297, 309.3, 763-840, Primera D. F.; CNA: arts. 162, 163; CT: art. 162; LGS: arts. 96, 117, 119, 137, 426; Ley 26662: arts. 1, 15-44; Ley 27157: arts. 21, 22.
Jurisprudencia del artículo 749 del Código Procesal Civil
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Corte Suprema
- Solicitud de autorización para transigir indemnización por daños ocasionados a la salud de menor se tramita en proceso no contencioso [Casación 1992-2010, Cajamarca]. Link: lpd.pe/k84ve
- Suprema advierte que las resoluciones impugnadas con recurso de casación, provenientes de procesos no contenciosos, no deben ser procedentes [Casación 4572-2015, Lambayeque]. Link: lpd.pe/2yjVw
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Plenos jurisdiccionales
- Pretensión de reconocimiento de convivencia se tramita en proceso no contencioso [II Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Constitucional y Familia de Huancavelica, 2009]. Link: lpd.pe/pqNrP
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].