Jurisprudencia del artículo 458 del Código Civil.- Responsabilidad del menor

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Artículo 458.- Responsabilidad del menor
El menor capaz de discernimiento responde por los daños y perjuicios que causa.


Concordancias

CCart. 456.


Jurisprudencia del artículo 458 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. Corresponde indemnización a menor de ocho años de edad que falleció en accidente de tránsito si no es posible atribuirle responsabilidad [Casación 1876-2019, La Libertad]. Link: lpd.pe/Q5Tkd


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