Jurisprudencia del artículo 2020 del Código Civil.- Anotación preventiva

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 2020.- Anotación preventiva
El reglamento indica los casos en que los actos o contratos a que refiere el artículo 2019 son materia de anotación preventiva.


Concordancias

CC: art. 2019.


Jurisprudencia del artículo 2020 del Código Civil

  • Tribunal Registral

  1. Anotación preventiva de inmatriculación no es un acto inscribible según el Reglamento General de Registros Públicos [Resolución 344-2018-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/29DR6
  2. No procede la inscripción de caducidad de anotación preventiva de hipoteca de duración indeterminada debido a que permanecerá vigente hasta su inscripción definitiva [Resolución 4728-2023-Sunarp-TR]. Link: lpd.pe/2PgGo
  • Plenos jurisdiccionales

  1. Juez puede ordenar cancelación del asiento que contiene el acto jurídico declarado nulo y cancelar los asientos sobre transferencia a favor de terceros posteriores a la anotación de demanda [Pleno Jurisdiccional Regional Civil en Arequipa, 2014]. Link: lpd.pe/0Abxj

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