Artículo 2.- [Derechos fundamentales de la persona]
Toda persona tiene derecho:
[…]
6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
Concordancias
C: arts. 2.4, 2.5, 2.7, 97, 200.3; NCPC: arts. 57.2, 58.2, 59, 60.b, 61.
Jurisprudencia del artículo 2.6 de la Constitución
Autodeterminación informativa
Contenido
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Tribunal Constitucional
- La autodeterminación informativa consiste en ejercer control sobre la información personal que le concierne contenida en registros públicos, privados o informáticos [Exp. 04739-2007-PHD/TC, ff. jj. 2-4]. Link: lpd.pe/kwJ4e
- El derecho a la autodeterminación informativa controla el registro, uso y revelación de datos personales; mientras que la intimidad personal protege el derecho a la vida privada rechazando intromisiones ilegítimas en la vida íntima o familiar [Exp. 1797-2002-HD/TC, f. j. 3]. Link: lpd.pe/kod4T
- La protección del derecho a la autodeterminación informativa a través del hábeas data comprende i) acceder a registros de información, ii) agregar datos al registro (con la finalidad de actualizarlos o incluir aquellos no registrados), iii) rectificar información, iv) impedir difusión y v) cancelar aquellos que no deben encontrarse almacenados [Exp. 1797-2002-HD/TC, f. j. 4]. Link: lpd.pe/6N9Bv
- Servicio de Administración Tributaria lesiona derecho de autodeterminación informativa cuando incumple con notificar respuesta a solicitud, al domicilio consignado por el peticionante, puesto que impide el ejercicio del control de la propia información [Exp. 02916-2021-PHD/TC, ff. jj. 6-7, 14]. Link: lpd.pe/Xu23P
- El derecho al olvido forma parte del derecho a la autodeterminación informativa en tanto garantiza que el desarrollo tecnológico y sus variantes no causen mediante la difusión de información personal un daño arbitrario a las personas [Exp. 02839-2021-PHD/TC, ff. jj. 11-12]. Link: lpd.pe/pAEdQ
- El derecho al olvido garantiza la eliminación, supresión o retiro de información personal de los sistemas informáticos y, con ello, la protección de otros derechos fundamentales conexos, como el honor, el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad (caso Arévalo Ramírez) [Exp. 03041-2021-PHD/TC, ff. jj. 11-12]. Link: lpd.pe/2XXJR
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Primer pronunciamiento sobre el derecho al olvido digital [ML y WW vs. Alemania, ff. jj. 99, 105]. Link: lpd.pe/Pu7nA
Alcances, límites y vulneraciones
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Tribunal Constitucional
- La autodeterminación informativa es vulnerada por las centrales de riesgo cuando conservan sine die (indefinidamente) datos negativos sin verificar su actualidad y veracidad [Exp. 04227-2009-PHD/TC, ff. jj. 15-16]. Link: lpd.pe/ZaE46r
- No se vulnera la autodeterminación informativa cuando los medios se limitan a difundir las investigaciones realizadas por supuestos vínculos con el narcotráfico y el terrorismo, en tanto son hechos de interés público protegidos por la libertad de información (caso Arévalo Ramírez) [Exp. 03041-2021-PHD/TC, ff. jj. 17, 23-24, 26]. Link: lpd.pe/2vJ4Q
- Voto de magistrados: Las entidades públicas tienen el deber de determinar si la información, que es objeto de solicitud de acceso, es pública o privada, antes de proceder con una respuesta (voto que integra la sentencia de mayoría) [Exp. 0551-2021-PHD/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/26nG4
- Diario nacional que publica datos personales de los padres de menor que fue víctima de violación sexual, vulnera el derecho a la autodeterminación informativa de estos y la intimidad de su menor hija, por lo tanto, los medios están impedidos de publicar este tipo de información [Exp. 01071-2018-PHD/TC, ff. jj. 20-21, 23]. Link: lpd.pe/pJzbE
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Siete criterios para ponderar la libertad de expresión y derecho al olvido en la evaluación de archivos digitales de contenido periodístico: i) naturaleza de la información, ii) tiempo, iii) interés público, iv) notoriedad, v) accesibilidad, vi) repercusiones, y vii) preservación de integridad periodística [Hurbain vs. Bélgica, ff. jj. 200, 205]. Link: lpd.pe/peAKq
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Jurisprudencia comparada
- No está permitido el uso periodístico de imagen obtenida desde Facebook, por el solo hecho de hallarla publicada, puesto que el titular en ningún momento autoriza la utilización de su fotografía con la sola publicación (España) [STC 27/2020, f. j. II.4]. Link: lpd.pe/Jk7rS
- La publicación de una fotografía no autorizada por el titular constituye una intromisión ilegítima en la propia imagen cuando no concurren razones suficientes que permitan sacrificar este derecho en favor de la libertad de información (España) [STC 27/2020, f. j. II.5]. Link: lpd.pe/RXa12
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Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- La actividad de un motor de búsqueda (Google) como localizar, indexar, almacenar y poner a disposición de los usuarios información que contiene datos personales constituye «tratamiento» de datos personales [Google España vs. Agencia Española de Protección de Datos, ff. jj. 25-28]. Link: lpd.pe/p3jKY
- Google, como gestor de un motor de búsqueda, determina los fines y medios del tratamiento de datos personales, por tanto, es responsable de dicho tratamiento conforme a la Directiva 95/46 del Parlamento Europeo [Google España vs. Agencia Española de Protección de Datos, ff. jj. 32-33, 38, 41]. Link: lpd.pe/2Drmy
- Aunque Google Inc. está fuera de la Unión Europea, le es aplicable la Directiva 95/46 porque su filial (Google España) promueve y comercializa la publicidad del motor de búsqueda en dicho país, es decir, el tratamiento de datos se realiza «en el marco de las actividades» de un establecimiento situado en territorio de un Estado miembro [Google España vs. Agencia Española de Protección de Datos, ff. jj. 55-57, 60]. Link: lpd.pe/k9myz
- Los interesados pueden solicitar al gestor del motor de búsqueda la eliminación de enlaces que contengan datos personales inadecuados, irrelevantes o desproporcionados; incluso si la fuente es lícita, puede ordenarse su supresión si no prevalece el interés público [Google España vs. Agencia Española de Protección de Datos, ff. jj. 68, 70, 77, 81, 88]. Link: lpd.pe/kyyKW
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:
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![Sujeto que afirma tener la condición de fiscal mostrando un carnet no incurre en un delito de falsedad genérica ni en el de ostentación de distintivos de función pública, pues la resolución administrativa que lo nombra generó ipso iure dicha condición, sin que la juramentación posterior altere lo que ya había adquirido formalmente (acto jurídico constitutivo) [Exp. 06342-2023-4, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Lavado de activos: la responsabilidad penal por lavado de activos puede surgir al actuar como administrador de hecho en una empresa financiada con fondos ilícitos [RN 1249-2023, Nacional, f. j. 16] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-3-218x150.png)
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El privilegio deliberativo alcanza a los funcionarios de alta dirección y a las entidades del Estado con función jurisdiccional, otorgándoles un espacio reservado para discutir, debatir y formarse una opinión antes de tomar decisiones sobre materias de interés público (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022-PHD/TC, ff. jj. 41-43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/PRIVILEGIO-DIRECCION-ENTIDADES-JURISDICCIONAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento para fortalecer funciones de la Autoridad Marítima Nacional [Decreto Supremo 014-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/AUTORIDAD-MARITIMA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)







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![Lavado de activos: condenado por TID tras incautación de cocaína en embarcación que seguía administrando, evidencia vínculo con el medio del delito y con una organización criminal [RN 1832-2023 CSNJ PENAL ESPECIALIZADA, f. j. 14] Lavado de activos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Lavado-de-activos-dinero-penal-LPDerecho-1-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)




![El privilegio deliberativo alcanza a los funcionarios de alta dirección y a las entidades del Estado con función jurisdiccional, otorgándoles un espacio reservado para discutir, debatir y formarse una opinión antes de tomar decisiones sobre materias de interés público (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022-PHD/TC, ff. jj. 41-43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/PRIVILEGIO-DIRECCION-ENTIDADES-JURISDICCIONAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Se vulnera el derecho de acceso a la información pública si entidad niega una solicitud basándose únicamente en que no fue tramitada ante la dirección u oficina designada [Exp. 00800-2020-PHD/TC, ff. jj. 9-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)