Artículo 1625.- Donación de bienes inmuebles
La donación de bienes inmuebles, debe hacerse por escritura pública, con indicación individual del inmueble o inmuebles donados, de su valor real y el de las cargas que ha de satisfacer el donatario, bajo sanción de nulidad.
Concordancias
CC: arts. 140.4, 219.6, 1623, 1624.
Jurisprudencia del artículo 1625 del Código Civil
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Corte Suprema
- Herederos tienen legitimidad para vender bien que su padre obtuvo mediante donación, pues este mantuvo vigencia al no haberse producido su invalidez [Casación 1519-2008, Ica]. Link: lpd.pe/Ic4R5
- Asociación de trabajadores no son propietarios de terrenos, que alegan fueron donados por Corpac, al no haberse constituido por escritura pública [Casación 3638-2010, Cusco]. Link: lpd.pe/PjH89
- «Ad quem» deberá analizar si contradocumento en simulación de compraventa cumple con la formalidad «ad solemnitatem» para ser considerada una donación [Casación 1266-2014, Puno]. Link: lpd.pe/k6zMb
- Madre no tiene legitimidad para solicitar nulidad de venta realizada por hijos sobre bien donado, siendo innecesario pronunciamiento sobre formalidad de donación [Casación 741-2012, Cajamarca]. Link: lpd.pe/plUuu
- No corresponde otorgamiento de escritura pública de donación a favor de compañía de bomberos, ya que no se cumplió con la formalidad requerida [Casación 615-2016, Ventanilla]. Link: lpd.pe/RY4as
- Escritura imperfecta de donación no justifica posesión de sobrinos de donante,dado que este documento no cumple con la formalidad exigible [Casación 500-2018, Lambayeque]. Link: lpd.pe/pEWyr
- Donación de abuela a nieto es válida, aunque falten formalidades, puesto que a jueces de paz no se les exige cumplir requisitos notariales [Casación 3792-2014, Huancavelica]. Link: lpd.pe/pNWPA
- Jueces están facultados para declarar de oficio nulidad de la donación que no cumpla con formalidades requeridas por ley [Casación 2081-1998, Lima]. Link: lpd.pe/8Jazm
- Donatario ostenta calidad de ocupante precario, pues no cumplió con formalidad de escritura pública y este era un requisito de validez [Casación 2174-2015, Lima]. Link: lpd.pe/BoCCa
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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