Artículo 1345.- Accesoriedad de cláusula penal
La nulidad de la cláusula penal no origina la de la obligación principal.
Concordancias
CC: art. 224.
Jurisprudencia del artículo 1345 del Código Civil
Corte Suprema
- La indebida acumulación de intereses capitalizables pactados en cláusula penal no origina la nulidad del contrato por el principio de conservación [Casación 3031-1999, Lima]. Link: lpd.pe/LNdFg
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