Jurisprudencia del artículo 1262 del Código Civil.- Efectos de la subrogación

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 1262.- Efectos de la subrogación
La subrogación sustituye al subrogado en todos los derechos, acciones y garantías del antiguo acreedor, hasta por el monto de lo que hubiese pagado.


Concordancias

CC: arts. 1264, 1289; LGS: art. 239; LTV: art. 60.


Jurisprudencia del artículo 1262 del Código Civil

  • Corte Suprema 

  1. No puede configurarse subrogación legal si es que no fuera posible repetir contra la parte subrogada [Casación 16745-2021, Lima]. Link: lpd.pe/TVZ12

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Comentarios: