El arte de constitucionalizar: ¿Progreso jurídico o estrategia política? Análisis de las motivaciones detrás de este fenómeno, desde la necesidad legal hasta intereses políticos

Escrito por: Alcides Cubas Burga, estudiante del séptimo ciclo de la Universidad César Vallejo. Ponente estudiantil. Asistente legal del Estudio Jurídico G & C. Conciliador extrajudicial.

Sumario: 1. Introducción, 2. Argumentación.


1. Introducción

En el panorama jurídico contemporáneo, la constitucionalización de derechos, principios y políticas ha adquirido un protagonismo sin precedentes. Este fenómeno, que en esencia consiste en incorporar cuestiones fundamentales dentro del texto constitucional o interpretarlas a partir de él, plantea interrogantes profundos sobre sus motivaciones y consecuencias. ¿Se trata de un verdadero avance en el desarrollo jurídico o, por el contrario, responde a intereses políticos y estratégicos que buscan consolidar agendas específicas?

La Constitución, en cualquier sistema jurídico, es la piedra angular que organiza y estructura el poder del Estado, garantiza derechos fundamentales y establece los límites de la autoridad pública. Su carácter supremo la convierte en un documento esencialmente rígido, diseñado para resistir los avatares del tiempo y proteger los valores más fundamentales de una sociedad. Sin embargo, en las últimas décadas hemos sido testigos de un fenómeno creciente: la tendencia a «inflar» los textos constitucionales con disposiciones que, en ocasiones, parecen más propias de un programa político o de una ley ordinaria que de un pacto social fundamental.

La pregunta inicial que surge es: ¿por qué constitucionalizar? Hay quienes argumentan que este proceso es un reflejo del progreso jurídico, una manera de garantizar que ciertos derechos y políticas tengan la protección más elevada posible. Desde esta óptica, constitucionalizar es un mecanismo de consolidación democrática y de blindaje de los valores esenciales de una sociedad. Sin embargo, también se puede identificar un uso estratégico de este recurso, que responde más a intereses políticos que a necesidades jurídicas genuinas.

Inscríbete aquí Más información

2. Argumentación

En términos ideales, el proceso de constitucionalización puede ser visto como un acto de evolución jurídica. Las sociedades cambian, y con ellas las concepciones sobre justicia, igualdad y derechos. Incorporar nuevos principios o derechos al texto constitucional puede responder a la necesidad de adaptar el marco jurídico a las realidades del siglo XXI. Ejemplos de este fenómeno incluyen la constitucionalización de los derechos de las minorías, la protección del medio ambiente y el reconocimiento de los derechos digitales, temas que no figuraban en las constituciones tradicionales, pero que hoy son prioritarios.

La constitucionalización de los derechos humanos ha sido uno de los avances más significativos en esta línea. La inclusión de tratados internacionales de derechos humanos en el bloque de constitucionalidad de diversos países ha permitido que los estándares internacionales se integren en el derecho interno, proporcionando herramientas más sólidas para la protección de los individuos frente a abusos de poder.

Además, la constitucionalización puede ser interpretada como un mecanismo de legitimación democrática. Incorporar ciertos principios o derechos en el texto constitucional refleja un consenso social amplio y un compromiso político con su defensa. En este sentido, la constitucionalización no sólo es jurídica, sino también simbólica: eleva ciertos valores al nivel más alto del orden normativo, enviando un mensaje claro de su importancia.

A pesar de los argumentos en favor de la constitucionalización como progreso jurídico, no podemos ignorar que este proceso también puede ser utilizado como una herramienta de manipulación política. En muchos casos, la incorporación de disposiciones al texto constitucional no responde a una necesidad jurídica genuina, sino a intereses estratégicos de quienes ostentan el poder.

La politización de la Constitución puede manifestarse de diversas maneras. Por ejemplo, algunos gobiernos utilizan la reforma constitucional para consolidar su poder, blindar políticas controvertidas o limitar la capacidad de acción de futuros gobiernos. En este contexto, la constitucionalización no es un reflejo de progreso, sino un mecanismo para instrumentalizar la norma fundamental en beneficio de intereses particulares.

Un caso paradigmático en América Latina es el uso de las reformas constitucionales para permitir la reelección presidencial indefinida. En lugar de proteger los derechos de los ciudadanos o fortalecer la democracia, estas reformas buscan perpetuar a ciertos líderes en el poder, debilitando los principios de alternancia y equilibrio que son esenciales en un sistema democrático.

Por otro lado, la sobreconstitucionalización de ciertos temas puede generar problemas prácticos. Cuando el texto constitucional se convierte en un documento excesivamente detallado y cargado de disposiciones, pierde su carácter de norma fundamental y se asemeja más a un código legislativo. Esto puede dificultar su interpretación y aplicación, generando inseguridad jurídica y conflictos entre los distintos niveles del orden normativo.

La práctica de constitucionalizar, ya sea por motivos legítimos o por intereses políticos, tiene implicaciones profundas para el sistema jurídico y la sociedad en general. Uno de los principales desafíos es encontrar un equilibrio entre la estabilidad y la flexibilidad. Una Constitución debe ser lo suficientemente estable como para garantizar la seguridad jurídica, pero también lo suficientemente flexible como para adaptarse a las transformaciones sociales y políticas.

Otro reto importante es evitar la hipertrofia constitucional, es decir, la tendencia a incluir en la Constitución disposiciones que no son fundamentales y que podrían regularse mediante leyes ordinarias. Este fenómeno no solo diluye la autoridad del texto constitucional, sino que también dificulta su interpretación por parte de los tribunales y otras instituciones.

Adicionalmente, es necesario considerar el impacto que la constitucionalización tiene en el sistema de pesos y contrapesos. Cuando los gobiernos utilizan la Constitución como un instrumento político, corren el riesgo de debilitar las instituciones democráticas y concentrar el poder en detrimento del principio de separación de poderes.

El arte de constitucionalizar, como todo en el ámbito jurídico, no es intrínsecamente bueno ni malo. Su carácter positivo o negativo dependerá de las motivaciones que lo impulsen y de la manera en que se lleve a cabo. En un contexto ideal, la constitucionalización debería ser una herramienta para fortalecer los derechos fundamentales, consolidar la democracia y garantizar la estabilidad del sistema jurídico. Sin embargo, en la práctica, a menudo se utiliza como un mecanismo para avanzar intereses políticos particulares, lo que pone en riesgo los valores esenciales que la Constitución está destinada a proteger.

La reforma constitucional no debe ser un proceso opaco ni exclusivo de las élites políticas; por el contrario, debe ser objeto de una amplia deliberación que garantice la participación de todos los sectores de la sociedad. Solo a través de un proceso verdaderamente democrático podremos asegurarnos de que la constitucionalización sea un reflejo del progreso jurídico, y no una estrategia política disfrazada de innovación normativa.

Por último, es fundamental que los juristas, académicos y ciudadanos mantengamos una actitud crítica frente a las reformas constitucionales. Debemos preguntarnos siempre cuál es la verdadera motivación detrás de ellas y cuáles serán sus consecuencias a largo plazo. Solo así podremos preservar la integridad de nuestras constituciones y garantizar que sigan siendo un pilar de justicia, estabilidad y democracia.

Inscríbete aquí Más información

El arte de constitucionalizar, en su máxima expresión, debe ser un ejercicio de responsabilidad colectiva, guiado por los principios de justicia, igualdad y libertad. Es nuestra tarea, como sociedad, asegurarnos de que este proceso sea utilizado para avanzar, y no para retroceder. El futuro de nuestras democracias depende de ello.

Bibliografía

  • VALADES, Santiago. Problemas constitucionales de Estado de Derecho. Buenos Aires: Astrea, 2004.
  • WOLFE, Christopher. La transformación de la interpretación constitucional. Madrid: Civitas, 1991.
  • ZOVATTO G., Daniel. Los estados de excepción y los derechos humanos en América Latina. Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Caracas: Editorial Jurídica Venezolana, 1990.
Comentarios: