Como se sabe, el pasado 26 de enero de 2024, el Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Penal Nacional notificó el auto de citación a juicio oral en el emblemático caso «Cócteles» (expediente n.° 299-2017).
Ante ello, el abogado Arsenio Oré Guardia, mediante un escrito de fecha 22 de enero de 2024, comunicó al órgano jurisdiccional que tal auto de enjuiciamiento no cumple con los presupuestos mínimos establecidos en los arts. 339 y 353.2 del Código Procesal Penal de 2004, por lo que solicitó que se declare la inviabilidad del juicio oral.
En el escrito presentado por el penalista Oré Guardia se da cuenta de la «ilegal emisión del auto de enjuiciamiento», ya que este no contendría una imputación clara ni específica ni medios de prueba válidamente admitidos, al carecer la acusación fiscal de toda descripción respecto de su pertinencia, conducencia y utilidad, incluso, con la anuencia del juez, durante la fase del control probatorio se incluyeron hechos nuevos y medios probatorios extemporáneos.
A continuación, compartimos el escrito en el que se desarrollan las razones jurídicas de esta solicitud dirigida al Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Penal Nacional, con el propósito de que se evalúen las diversas irregularidades cometidas durante la realización de la etapa intermedia del caso «Cócteles», las que, precisamente, determinan la inviabilidad de que el juicio pueda llevarse a cabo.
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