Mediante la Resolución 56-2021-PGE/PG, aprueban uso obligatorio de emblemas y distintivos para la identificación de procuradores.
Aprueban el uso obligatorio de emblemas y distintivos que permitan la identificación de los/as procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as en el ejercicio de sus funciones y en las ceremonias oficiales
RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 56-2021-PGE/PG
Lima, 22 de junio del 2021
VISTOS:
El Informe N° 17-2020-PGE/GG de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado y las Actas N° 19-2020-PGE y 8-2021-PGE de la Cuarta Sesión Ordinaria y Vigésima Primera Sesión Extraordinaria, respectivamente, del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtuales);
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala en sus artículos 43, 44 y 46 numeral 9, que los Sistemas son conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado. Están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional y se contempla, entre otros, el Sistema Administrativo en materia de Defensa Judicial del Estado;
Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; y su artículo 10 señala que es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los/las procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú;
Que el numeral 1 del artículo 12 del citado decreto legislativo establece que la Procuraduría General del Estado tiene entre una de sus funciones la de promover y garantizar el ejercicio de la defensa y representación jurídica del Estado a fin de proteger sus intereses y el numeral 14.1 del artículo 14 menciona que el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; ello en concordancia con el numeral 4 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, que señala como una de las funciones del Consejo Directivo la de establecer lineamientos estandarizados para la organización y funcionamiento de las procuradurías públicas, teniendo en consideración sus categorías;
Que el Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2020-JUS, dispone en el literal y) del artículo 8 que son funciones del Consejo Directivo aprobar disposiciones en torno a la identificación de los/as procuradores/as públicos/as de todas las categorías;
Que la Resolución Suprema N° 103-2000-JUS del 23 de junio del 2000 estableció el uso obligatorio para los/as procuradores/as públicos/as de una cinta y medalla que los identifique como tales en el ejercicio de la defensa judicial del Estado, con las siguientes características: cinta de colores rojo y celeste de cinco centímetros de ancho, y medalla de metal color dorado y forma circular con la figura del Escudo Nacional grabado;
Que la citada resolución suprema fue promulgada cuando se encontraba vigente el Decreto Ley N° 17537 – Ley de la Representación y Defensa del Estado en Juicio, norma que fue derogada por el Decreto Legislativo N° 1068 y éste a su vez por el actual Decreto Legislativo N° 1326 que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado;
Que en ese sentido y conforme a las normas antes señaladas, se advierte la necesidad de establecer el uso obligatorio de una cinta y medalla para los/as procuradores/as públicos/as y actualizar sus características en el marco actual que rige el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado;
Que el Informe N° 17-2020-PGE/GG de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado concluye que se debe disponer la creación y/o elección de emblemas o distintivos (medallas y cintas) que reemplacen a los anteriores; asimismo, que resulta necesario que el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado defina y estandarice el uso de emblemas y distintivos que permitan la identificación de los/as procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as en el ejercicio de sus funciones y en las ceremonias oficiales, anexando diversas propuestas;
Que en el Acta N° 19-2020-PGE de la Cuarta Sesión Ordinaria (virtual) del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, obra el Acuerdo N° 2 que aprueba uno de los diseños propuestos en el Informe N° 17-2020-PGE/GG de la Gerencia General, el mismo que se encuentra descrito en el punto 4.2 de la mencionada acta;
Que mediante Acuerdo N° 2 contenido en el Acta N° 8-2021-PGE de la Vigésima Primera Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual), se aprueba la medalla y cinta distintiva del/de la Procurador/a General del Estado y del/de la Procurador/a General Adjunto/a del Estado;
Que en atención al informe de vistos, actas y consideraciones expuestas y con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el uso obligatorio de la medalla y cinta para el/la Procurador/a General del Estado, el/la Procurador/a General Adjunto/a del Estado, los/as procuradores/as públicos/as y los/as procuradores/as públicos/as adjuntos/as, que los/as identifique como tales, en ceremonias oficiales y/o en el ejercicio de la defensa jurídica del Estado, con las características que se señalan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://pge.minjus.gob.pe); así como la publicación de su Anexo en el mencionado portal institucional.
Artículo 3.- DIFUNDIR la presente resolución a todos los órganos y unidades orgánicas de la Procuraduría General del Estado, para su conocimiento, cumplimiento y fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SORIA LUJÁN
Procurador General del Estado
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