Ángel Romero: «Niego tajantemente cualquier vinculación con alguna organización criminal»

DECLARACIÓN DEL JUEZ SUPREMO ÁNGEL ROMERO DÍAZ

He tomado conocimiento del Informe Nro. 01-05-2018-MP-FN, suscrito por la señora Fiscal Sandra Castro Castillo y por el cual se me pretende vincular con hechos de relevancia jurídica vinculada con la Carpeta Fiscal Nro. 119-2018.

Primero.- Niego tajantemente cualquier vinculación con alguna organización criminal.

Segundo.- Mi aseveración tiene sustento en el propio Informe, el cual resulta inconsistente en lo que a mí se refiere. En efecto, en la página 13 se cita al Colaborador Eficaz Nro. 1308-2018, refiriéndose a una reunión celebrada en diciembre de 2016, en la cual tres personas se congregan con el objeto QUE NO SE ME NOMBRE JUEZ SUPREMO. Resulta contradictorio que una situación adversa a mi persona sea tomada como un acto de participación de una organización criminal. Es necesario precisar que la propia fecha resulta ser ajena a la realidad, habida cuenta que mi nombramiento se concretó en el año 2015 y además el señor Vladimir Paz de la Barra, no era consejero en esa época.

Tercero.- Igualmente resulta ser contradictorio lo precisado en la página 5 por el mismo Colaborador, pues si por un lado no se me quería nombrar como Juez Supremo, ¿cómo es que aparece que uno de los mismos interlocutores presuntamente “quiere apoyar”?

Cuarto.- En todos mis actos personales y profesionales siempre he actuado con arreglo a derecho y los nombramientos que he obtenido desde Juez de Paz hasta Juez Supremo han sido respetando los reglamentos propios de los concursos, sin acudir a terceras personas para lograr aquello que en buena lid obtuve.

Quinto.- La declaración de un colaborador eficaz no puede ser tomada liminarmente como verdad absoluta, en razón que la misma tiene que ser corroborada como lo manda el debido proceso y diversas sentencias del Tribunal Constitucional.

Sexto.- Los hechos relatados afectan mi honor y causan zozobra en mi familia, es por ello que debe primar la mesura en los medios de comunicación a fin que la información sea objetiva.

Séptimo.- Finalmente, debo agregar que me someto a cualquier investigación que se requiera iniciar con el objeto de esclarecer los hechos que se afirman, la cual deberá sujetarse a los principios constitucionales consagrados en nuestra Carta Magna.

Lima, 31 de agosto de 2018
Poder Judicial

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