Fue declarada infundada la apelación presentada por Lester Arturo De La Cruz Sevillano, en contra de la sentencia que lo condenó a 6 años de cárcel, tras probarse su responsabilidad en el delito contra la libertad sexual en la modalidad de proxenetismo,favorecimiento de la prostitución, en agravio de la sociedad. La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmó la condena de primera instancia.
El sentenciado fue intervenido por efectivos policiales el 6 de mayo de 2020, en plena pandemia de la COVID-19. En esa oportunidad, la policía llegó a un hostal sauna ubicado en la urbanización Nicolás Gareta, en la cual De La Cruz, era el administrador. La Fiscalía lo acusó de alquilar habitaciones a mujeres peruanas y extranjeras, que ejercían el meretricio, pese a la orden de aislamiento social por pandemia. Durante la intervención policial, se detuvo al sujeto, así como a varias mujeres y a sus ocasionales clientes.
El Primer Juzgado Penal Unipersonal lo sentenció en primera instancia a 6 años de prisión efectiva. La decisión fue apelada, bajo el argumento de que en calidad de administrador del establecimiento de hospedaje, lo que hicieran los huéspedes en las habitaciones, escapaba a su responsabilidad; sin embargo, en el levantamiento del secreto de las comunicaciones, se detectó que Lester De La Cruz se comunicaba permanentemente con las prostitutas.
El pedido de apelación fue declarado infundado, por los integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte del Santa, quienes ordenaron la inmediata captura del sentenciado.
Fuente: Corte Superior de Justicia del Santa



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