Estimados colegas, nos hemos topado con una escena bastante inverosímil que, por cierto, devela cuánto nos falta aprender en materia de litigación oral.
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En las imágenes aparece un abogado que comienza su alegato dándole la espalda a la jueza que resolverá el caso, mientras se dirige a la «tribuna» cual si fuese un jurado a la usanza norteamericana. El letrado dirige su exposición a sus colegas y a la Fiscalía al tiempo que la jueza solo puede apreciar su ampulosa espalda.
Abogado: El día de ayer estuve viendo el acuerdo plenario 02, el cual trajeron a colación…
Jueza: Señor abogado, le voy a hacer una corrección, este no es un sistema de jurados. Quienes van a decidir el caso de su patrocinada no son los abogados ni el fiscal. Entonces, hace rato yo veo que me da la espalda y no entiendo a quién se está dirigiendo. Además está tapando toda la cámara que tiene que registrar su presentación. Entonces…
Abogado: Hay aquí una injusticia, tenemos que ampliar…
Jueza: Sí pues, pero quien va a decidir soy yo. Por eso le pido que se dirija adecuadamente a esta judicatura.
Lea también: Juez y abogado discuten porque el primero pretendía interrogar a la acusada [VÍDEO]

El hecho no pasó desapercibido para el reconocido abogado litigante Jefferson Moreno Nieves:
El problema de la litigación oral es que la mayoría de literatura al respecto es copia del sistema anglosajón, no tenemos una creación de litigación oral «a la peruana»; me parece que de ahí la confusión del colega en el vídeo que les comparto en esta oportunidad.
Nuestro sistema, salvo detalles, no cambió mucho para la etapa de juzgamiento, el cambio se realizó en etapas previas al juicio (control de plazo, tutela de derechos, prisión preventiva, etc.); sin embargo, la litigación solo se enseña para la etapa de juzgamiento, aquella a la que el Código pretende no llegar.
No sirve de nada la famosa «litigación oral», si no se tiene criterio y bases de derecho procesal y sustancial.
Para ver el vídeo clic aquí.
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![Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Decreto Supremo 012-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)
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![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
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