El uso de la prueba indiciaria es válida si se cumplen los requisitos correspondientes que respeten la presunción de inocencia en decisiones judiciales condenatorias [Exp. 00491-2016-HC/TC, f. j. 9]

Fundamento jurídico: 9. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional ha reconocido la constitucionalidad del empleo de la prueba indiciada o prueba indirecta para fundamentar un fallo condenatorio. Ello siempre que al recurrir a esta institución el órgano jurisdiccional cumpla con determinados requisitos que buscan compatibilizar el uso de la prueba indiciaría con el derecho a la presunción de inocencia.


 

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