Fundamento jurídico: 9. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional ha reconocido la constitucionalidad del empleo de la prueba indiciada o prueba indirecta para fundamentar un fallo condenatorio. Ello siempre que al recurrir a esta institución el órgano jurisdiccional cumpla con determinados requisitos que buscan compatibilizar el uso de la prueba indiciaría con el derecho a la presunción de inocencia.
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