
LP – Pasión por el Derecho organizó la cuarta edición de su Curso de redacción jurídica con el auspicio del Colegio de Periodistas del Perú. Este importante evento reunirá a destacados profesionales de la materia, quienes alcanzarán a los participantes herramientas fundamentales para la redacción de textos jurídicos, destinados tanto al ámbito académico (artículos, monografías, tesis, etc.), cuanto a la elaboración de documentos propios del desempeño profesional (oficios, informes, memorandos, demandas, resoluciones, etc.).
Con ese pretexto hoy compartimos con ustedes este excelente trabajo de la doctora Shoschana Zusman Tinman, publicado en la revista de la Facultad de Derecho de la PUCP, Ius et Veritas (43). A continuación hemos transcrito las primeras líneas del artículo para animarlos a leerlo, sin perjuicio de alcanzarles el link para que lo descarguen en la plataforma de la PUCP.
La diferencia entre una palabra
casi correcta y una correcta es
igual a la diferencia entre la
luciérnaga y el relámpago.
Mark twain
Decirle a una persona que piensa como abogado es un halago, pero decirle que escribe como abogado es una ofensa. Vaya contradicción, si pensar y escribir están irreductiblemente unidos. Pero no deja de ser cierto que, para el común de las personas, leer un documento legal es poco menos que una pesadilla. Las citas de leyes, decretos y resoluciones, generan confusión; las expresiones utilizadas son muchas veces ininteligibles; hay exceso de jerga legal; las reiteraciones son permanentes y su extensión interminable, cuando todo pudo haberse dicho en términos simples y concisos. En conclusión, una tortura.
Eso me trae a la memoria un caso que manejé hace algunos años. Se trataba de un asunto sobre patrimonio cultural, en el cual quienes resolvían no eran abogados, sino arquitectos. Lo que se discutía en ese caso era la calidad arquitectónica de cierto inmueble, al que se le había adjudicado (inmerecidamente en mi opinión) la condición de patrimonio cultural.
Lo que los arquitectos tenían que resolver, entonces, era si el inmueble era o no valioso desde el punto de vista arquitectónico; para mantenerlo o, en su caso, excluirlo de tal condición. Pero, uno de ellos preguntó durante la inspección ocular: “¿cómo debemos resolver en caso de duda?” Yo le sugerí que leyera los fundamentos de nuestro petitorio y que ahí encontraría la respuesta: la adjudicación a un inmueble de la condición de patrimonio cultural es una medida excepcional, debido a que afecta significativamente la propiedad privada y, por tanto, ante la duda, no cabe imponer dicha carga. El arquitecto me respondió, con bastante ingenuidad, equivalente a: “¡No! ¿Leer un “recurso” legal? No podría. Los documentos legales son confusos y enredados (continuó el arquitecto) y no los entiendo. Es más, nunca he podido terminar la lectura de un documento legal y, por tanto, intentar hacerlo, es una pérdida de tiempo”.
En ese momento, reparé que quienes debían pronunciarse sobre el valor arquitectónico del inmueble, resolverían sin siquiera revisar nuestra fundamentación jurídica. Entonces, un asunto como la duda sobre el valor del inmueble que sólo podía resolverse con un argumento legal, y no arquitectónico, se resolvería sin considerar dicho aspecto. Y, posiblemente, contrariamente a la lógica jurídica.
Eso es grave y no es solo cosa de arquitectos. También ocurre con los técnicos mismos del derecho; es decir, con jueces, árbitros y tribunales administrativos, que se ven obligados a revisar escritos repetitivos, oscuros y confusos y, ciertamente, larguísimos. Uno diría: “¡bueno, es cosa de leer el documento unas veces más, a ver si así se entiende!” Eso es posible y ayuda en algo. Pero la pregunta es: “¿por qué coloca el redactor al lector en la necesidad de leer el texto varias veces, cuando debería ser suficiente con una o dos lecturas? ¿Por qué hacer que insuma una cantidad de tiempo mayor que el que realmente se necesita para entender el documento?”
Lo más grave es que, cuando el texto es oscuro o confuso, ni siquiera llega a entenderse después de haber pasado por varias agotadoras lecturas, siendo frecuente, incluso al punto que se abandone la tarea, por el esfuerzo que ésta involucra. Y, sin lugar a dudas, esa confusión repercute directamente en el sentido del fallo.
En el Perú, la mala redacción legal es un gran problema. Eso no sorprende si se considera la deficiente calificación de nuestros escolares en comprensión de lectura, porque quien no comprende lo que lee, difícilmente podrá transmitir lo que piensa. Y el problema es grave porque genera distorsiones, es decir, costos innecesarios (mayor tiempo que el necesario para entender el documento, demoras en resolver) y repercute directamente en la calidad del fallo; que puede ser injusto, ineficiente e incluso absurdo, solo por el hecho que el juez no ha entendido lo medular de la controversia.
Es cierto que las raíces de la mala redacción están en la escuela, pero las facultades de derecho no pueden desentenderse del problema; porque de mantener esa actitud, seguirán incorporándose estudiantes con ese déficit al mercado de abogados, con graves consecuencias, sobre todo, para la administración de justicia. Compete, pues, a las facultades de derecho abordar este importantísimo aspecto.
Enseñar redacción no es; sin embargo, fácil. Lo he venido haciendo desde hace 10 años y todavía no encuentro la forma de dictarlo de manera que el curso llegue a los alumnos. En mi opinión, esto es así porque se trata de un aspecto que, siendo básico, no genera entusiasmo entre los alumnos que lo consideran árido, tedioso y, sobre todo, muy difícil. A pesar de mi insistencia, no están dispuestos a practicar, hábito que, como en la ciencia, el arte o el deporte, es fundamental en esta materia. Y el curso tampoco ha generado entusiasmo en los profesores, no sólo por la apatía de los alumnos, que los desestimula, sino por el arduo trabajo de corrección de textos que normalmente toma más tiempo del que uno puede disponer. Tratar, pues, de enseñar una materia con esas características es poco menos que una hazaña y, además, sin resultados visibles. Por lo menos, hasta el momento.
En mi caso, el rechazo antes descrito se ha visto reflejado en que he ido publicando, a lo largo de estos años, artículos referidos a aspectos teóricos de la enseñanza de habilidades y a las habilidades mismas; como son razonar, entrevistar e informar oralmente, pero nunca uno sobre redacción. Y tal omisión puede entenderse mejor, si a eso se añade mi falta de formación en lingüística y el débil manejo de las reglas de gramática que; como casi todos los abogados, suelo aplicar, más por instinto que por conocimiento teórico.
Pero, aún con esas dificultades, he decidido abordar en este artículo la habilidad de redactar. Y lo haré a través de tips o consejos de redacción, que espero puedan ayudar a redactar correctamente; en especial a abogados principiantes, de manera que se logre desterrar la arraigada creencia con la que comencé este artículo: “quien piensa como abogado piensa bien; pero quien escribe como abogado, escribe mal”.
Esto es, entonces, lo que haré: dar 100 tips de redacción, debidamente ordenados, que puedan convertirse en una guía para quienes se inician en el tema o para quienes no se sienten suficientemente hábiles en redacción. Con la advertencia de que este artículo tiene mucho de divulgación y poco de originalidad porque acreditadísimos autores, básicamente ingleses y norteamericanos, han escrito mucho y muy bien sobre el tema. Y, luego de eso, hay poco que aportar, aunque bastante que adaptar.
Se trata, por supuesto, de recomendaciones que no son rígidas y que, por el contrario, deben ser aplicadas con criterio. Porque, por ejemplo, si bien es recomendable redactar con claridad eso no significa que, en ocasiones, se requiera precisamente lo contrario; es decir, ser oscuro o evasivo. O, si la regla es decirlo todo desde el principio, en ocasiones es bueno añadir al planteamiento algo de misterio. Esas son cuestiones de estrategia, que cada abogado debe analizar. Pero eso no significa que le esté permitido redactar sin orden ni concierto.
Las ideas fuerza de este artículo son claridad, simplicidad, brevedad y persuasión, ideas que estarán presentes en cada uno de los 100 tips. Estos valores, especialmente el de la simplicidad, han sido resaltados a partir de los años 70 en Gran Bretaña y Estados Unidos; donde se desarrolló una tendencia dirigida a atacar el lenguaje complicado utilizado por gobiernos, autoridades y personas de negocios. Curiosamente los más opuestos a la simplificación del lenguaje fueron los abogados, para quienes las fórmulas ya establecidas eran las más seguras y consideraban que nuevas maneras de expresarse generaran incertidumbre o contradicción. Yo diría que hubo ahí, más bien, una razón subyacente denunciada por Donald Schön, experto en pedagogía, en diversos escritos referidos al profesional (no sólo al abogado): “mantener el oscurantismo para perpetuar la dependencia de los clientes, pacientes o pupilos”. Es decir, hacer de la profesión de abogado, una tarea de iniciados.
Una brevísima advertencia antes de comenzar. Los tips que a continuación se exponen no se aplican a la redacción de contratos, testamentos y otros documentos legales en los que se precisan derechos y deberes entre las partes. Para esos casos, que los anglosajones denominan drafting, como algo distinto de writing (redacción), hay un conjunto de otras reglas que, en algún momento, abordaré. La redacción que trato en el presente artículo (writing) es aquella que comprende escritos judiciales y arbitrales (argumentación), informes de opinión a clientes, a otros abogados o, en general, a terceros y a comunicaciones de todo tipo (cartas, e-mails, etcétera).
CONTINÚA…
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