En el IV Congreso internacional de criminalidad organizada transnacional, en homenaje a VII centenario de la fundación de la Universidad de Salamanca (1218-2018), el juez superior Ramiro Salinas Siccha, expuso su ponencia titulada «Retos del Derecho Penal frente a las formas organizadas de criminalidad».
El evento fue organizado el Centro de estudios de derecho penal económico y de la empresa (CEDPE) y el observatorio de criminalidad organizada transnacional.
Voy a partir por algo que ya ha dicho la doctora Laura Zúñiga, ella ha dicho una verdad. Tenemos que reflexionar y hacer posible un derecho penal (DP) fuerte. Un DP débil no nos sirve para investigar, luego juzgar y, cuando sea necesario, sancionar a los que cometen delitos de crimen organizado.
En mi experiencia, tengo catorce años en la fiscalía, ahora ocho años de juez superior y; por supuesto en la fiscalía estuve como fiscal adjunto superior, es decir, participando en juicios orales, y ahora como juez superior integrando un colegiado, integrando la Sala Penal Nacional y ahora en la Sala Penal de Apelaciones.
Como juez superior de apelaciones, he constatado que si el fiscal, primero, luego el juez, no tienen ideas fuertes sobre DP es muy difícil condenar a responsables de la comisión de graves delitos.
Lea también: Delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, por Ramiro Salinas Siccha
Como lo dijo el doctor Aldo Figueroa, tiene mucha razón, el delito de crimen organizado es un delito pernicioso. No porque afecte a una persona o dos o tres, sino, porque afecta a miles de peruanos, acaso a todo el sistema. A todo el Perú.
Si no hacemos algo con lo que nos está pasando en el Perú, frente a los casos de tráfico ilícito de drogas y lavado de activos cometidos por organizaciones criminales; corremos el riesgo de convertirnos en un narcoestado, como Sinaloa, en donde el Estado formal no puede hacer nada, porque las organizaciones dedicadas al tráfico ilícito de drogas han tomado la ciudad. Y no quisiera vivir, ni ir de paseo a esa ciudad, porque tal vez no saldríamos vivos, y eso no podemos esperar que suceda en el Perú.
Felizmente en nuestro sistema jurídico, se han dado las leyes suficientes para practicar un derecho penal y procesal penal fuerte en el Perú.
Tenemos la Ley 30777, desde agosto del 2003; luego tenemos su modificación por el Decreto Legislativo 1244, de octubre del año 2016; que también ha modificado el artículo 317 del Código Penal, que tipificaba el delito de asociación ilícita para delinquir. Y ahí, por supuesto se trataba de subsumir todos los supuestos de organizaciones criminales.
Sin embargo, con este Decreto Legislativo 1244, se ha venido ya a tipificar el delito de organización criminal y por supuesto en el artículo 317-B del Código penal se habla de banda criminal. Y yo diferencio entre gran, mediana y pequeña organización criminal. Comprendida en estas dos últimas las bandas criminales.
Sobre lo dicho por quienes me han precedido en el uso de la palabra, debo añadir que una característica de la organización criminal es que es muy diferente a una banda. Ahora la organización criminal se enquista o nace de una empresa, primero lícita, y luego esta empresa realiza actividades lícitas e ilícitas.
Fíjense, Odebrecht ha funcionado en el Perú varios años y sus representantes o dueños se codeaban con altos funcionarios de la república (presidentes, congresistas, generales de la Policía Nacional, jueces, etc.) parecían personas de bien. Años después descubrimos sus actividades ilícitas (graves delitos de corrupción de funcionarios y colusión).
[Continúa…]


![En los delitos dolosos, tanto la autoría como la participación son formas de intervención delictiva, en el sentido de escalones o estadios legales de atribución de responsabilidad delictiva, por lo que su cambio, durante la investigación, no constituye una variación cualitativa de la ejecución de los hechos imputados, menos una modificación del tipo penal atribuido [Apelación 51-2025, Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] Presentación del libro «Comentarios a la jurisprudencia civil peruana: Derechos reales»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/LIBRO-COMENTARIOS-JURISPRUDENCIA-CIVIL-PERUANA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)






![Este Organismo Técnico Especializado se ratifica en los alcances de las Opiniones N° 137-2009/DTN y N° 037-2012/DTN, en relación con el supuesto excluido del ámbito de aplicación de la Ley N° 32067 previsto en su artículo 7, considerando que los contratos bancarios y financieros que provienen de un servicio financiero cuentan con una regulación propia del Sistema financiero, cuyo cumplimiento e interpretación de su Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por lo que es el organismo que tiene la atribución de emitir pronunciamiento sobre qué servicios constituyen operaciones bancarias o financieras que originen la celebración de contratos bancarios o financieros [Opinión D000025-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Sala declara ilegal diligencias de control de identidad y registro vehicular por violación del principio de legalidad, y manda copias a Inspectoría de la PNP [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)







![Suspensión de la ejecución de la pena es aplicable a los procesos tramitados con el Código de Procedimientos Penales [RN 891-2023, CSNJ Penal Especializada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-defensa-delito-civil-penal-jueza-justicia-acusacion-LPDerecho-324x160.jpg)