Sumario: 1. Introducción; 2. Ascenso del coronel revoredo y acciones distinguidas pasadas; 3. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
Hace unas horas se ha publicado en la edición extraordinaria del diario “El Peruano” la Resolución Suprema 396-2025 de fecha 16DIC2025, por la cual se asciende al grado de general al coronel PNP Víctor Alfredo REVOREDO FARFÀN, actual jefe de la División de Investigación de Extorsiones de la Policía Nacional del Perú.
La parte resolutiva de dicho acto administrativo precisa expresamente:
Como se podrá apreciar, el tipo de ascenso que se le ha otorgado al administrado es el “ascenso excepcional por la causal de acción distinguida”. Si se contrasta ello con lo difundido en diversos medios de comunicación se validaría la siguiente ecuación:
| Organizaciones criminales desarticuladas por extorsión + Experiencia del Oficial Superior = Ascenso por Acción Distinguida |
Sin embargo, al margen de la buena labor policial realizada por el aludido coronel, resulta necesario precisar que la ecuación no es correcta, dado que actualmente la legislación policial[1] no permite el ascenso por acción distinguida.
Surge la pregunta, si actualmente las normas no permiten el ascenso por acción distinguida, ¿Por qué ascienden al coronel Revoredo?
2. ASCENSO DEL CORONEL REVOREDO Y ACCIONES DISTINGUIDAS PASADAS
Como veníamos explicando previamente, a la fecha no existe el ascenso por acción distinguida, a menos que el policía fallezca en el acto meritorio, conforme lo regula el artículo 6 de la Ley 31873, ley que regula los procesos de ascensos del personal PNP:
Tal como se verifica, solo hay dos tipos de ascenso: Por concurso o póstumo.
¿Qué pasó entonces en el caso del coronel Revoredo?
Se recurrió a una fórmula que ya viene siendo regularmente usada para este tipo de ascensos: Usar hechos meritorios pasados.
En el caso específico del citado coronel, conforme se verifica del contenido de la resolución suprema de ascenso, se trata de una intervención policial que data del año 2007, cuando tenía el grado de mayor PNP:
De esa manera, se hace ver que por esos hechos meritorios nunca fue reconocido y que a la fecha se procede con el ascenso por acción distinguida.

¿Es legal este accionar de la administración?
Claro que sí, es totalmente legítimo, pues se está reconociendo un derecho que en esos años no fue debidamente valorado.
¿Qué consecuencias puede traer este tipo de ascensos?
El efecto natural y legal es la aplicación del principio de igualdad, contemplado en el numeral 2 del artículo 2 de nuestra Constitución Política, relativo a los derechos fundamentales de la persona, que literalmente señala:
TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY, Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
Por lo tanto, los oficiales o suboficiales que poseen informes de reconocimientos por intervenciones meritorias de años pasados, bien pueden acogerse al caso Revoredo, el caso Benedicto Jiménez (Resolución Suprema 187-2025-IN) y otros policías que ascendieron por acción distinguida.
¿Cuántas veces podría ascender un policía por acción distinguida?
No hay número determinado, siempre que se tenga el amparo del decreto legislativo 745 o la ley 28857.
Por ejemplo, en el caso Revoredo, ascendió en el 2020 a coronel mediante la Resolución Ministerial Nº 042-2020-IN (por acción distinguida) y ahora vuelve ascender a general por la misma causal.
3. CONCLUSIONES:
1. Actualmente la legislación policial (Decreto Legislativo 1149 y Ley 31873) no contempla la posibilidad del ascenso por acción distinguida.
2. El ascenso excepcional al grado de general del coronel PNP Víctor Alfredo REVOREDO FARFÀN por la causal de acción distinguida es legítimo y está amparado por las normas que regían cuando ocurrieron los hechos meritorios – 2007.
3. El aludido ascenso abre la posibilidad para que otros policías, oficiales o suboficiales, se acojan al precedente Revoredo y soliciten también su ascenso excepcional por acción distinguida, en aplicación de su derecho a la igualdad ante la ley.
[1] TUO del decreto legislativo 1149 y Ley Nº 31873




![Trata de personas: No solo se sanciona la conducta que induce o coloca a la víctima en situación de ser explotado, sino también, cuando se despliegan actos destinados a sostener dicha situación [Casación 1414-2022, Madre de Dios, ff. jj. 3, 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/trata-de-personas-2-218x150.png)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba trasladada no recae sobre actos de investigación —diligencias para descubrir los hechos y obtener elementos de convicción—, sino sobre actos de prueba —medios actuados en juicio como resultado de la actividad probatoria—[Apelación 102-2025, Corte Suprema, ff. jj. 14-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque hubo retardo en la firma de la sentencia, si hubo deliberación tras el cierre del debate y adelanto de fallo con participación del juez que faltó firmar, no hay indefensión [Apelación 305-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Para acreditar la simulación absoluta no basta afirmar que las concesiones recíprocas de los simuladores son irrazonables al compensar una deuda tan alta con un monto menor, sin ningún medio probatorio (contradocumento) u otros hechos o elementos que valorados de forma conjunta y razonada lleguen a generar convicción [Casación 4958-2021, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Igualdad salarial: Defensor público «antiguo» que ganaba S/5000 logra homologación de su sueldo a S/7000 que gana defensora pública «nueva» [Exp. 00002-2025-0-2201-JR-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena reposición de trabajador CAS que realizaba labores de naturaleza permanente [Exp. 02047-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento del concurso de méritos para el ingreso a la función notarial (Decreto Supremo 006-2022-JUS) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Cesan por límite de edad a jueza suprema Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana [RA 000016-2026-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Real Plaza Trujillo con más de 1400 UIT por graves negligencias en la caída del techo del patio de comidas [Resolución Final 0115-2026/Indecopi-LAL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/02/REAL-PLAZA-TRUJILLO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-324x160.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)

![Reglamento del concurso de méritos para el ingreso a la función notarial (Decreto Supremo 006-2022-JUS) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL-100x70.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-100x70.jpg)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-100x70.jpg)

