Fundamento destacado: 7.1. El artículo 96 del CP prescribe que la obligación de reparación civil fijada en la sentencia se transmite a los herederos del responsable hasta donde alcancen los bienes de la herencia, en la medida que se haya producido el fallecimiento del sentenciado con posterioridad al dictado de dicha sentencia, en cuyo caso, la reparación civil se transmitiría a sus herederos.
[…]
7.3. Empero, la norma penal en comento, no sería aplicable al presente caso concreto, en vista que el imputado Barclay Méndez habría fallecido durante el decurso del proceso penal, específicamente durante la etapa de investigación preparatoria, sin que se haya dictado sentencia de fondo en su contra, es por ello, que en su lugar, correspondería aplicar la figura específica de la sucesión procesal, a fin que los herederos sustituyan al investigado causante, conforme al previsto en el artículo 108 del Código Procesal Civil.
Sumilla: Subsistencia de la acción civil por muerte del investigado.
6.3. En ése sentido, el objeto civil (pretensión resarcitoria) se transmitiría del investigado fallecido a sus herederos por imperio de la sucesión procesal, previsto en el artículo 108.1 Código Procesal Civil, ya que al producirse su muerte, todas sus obligaciones se trasladarían a sus herederos, claro está, hasta donde alcancen sus bienes, en aplicación de los artículos 660 y 661 del Código Civil.
6.4. Sobre el particular, existen dos fundamentos que abonarían a favor de la transmisión de la obligación resarcitoria del causante a sus herederos, (…), sin que califique como una obligación personalísima a ser cumplida solo por el investigado dadas sus cualidades personales, menos existe prohibición legal expresa para la ocurrencia de dicho acto mortis causa.
6.5. En efecto, con el fallecimiento del investigado Barclay Méndez se habría producido la extinción de la acción penal seguida en su contra, manteniéndose la acción civil contra sus herederos, al tratarse de dos pretensiones autónomas que se habrían acumulado al proceso penal por razones de economía procesal, existiendo para ello un basamento normativo, doctrinario y jurisprudencial, (…).
CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA NACIONAL
EXPEDIENTE: 00016-2017-199-5001-JR-PE-01.
JUEZ: RICHARD CONCEPCIÓN CARHUANCHO
ESPECIALISTA: LUIS MIGUEL CUYA SALCEDO
“AUTO DE SUCESIÓN PROCESAL”
RESOLUCIÓN JUDICIAL NÚMERO CUATRO
Lima, veintiuno de septiembre del dos mil veintidós.-
Estando al pedido de sucesión procesal, planteado por la Procuraduría Pública.
Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: PEDIDO DE SUCESIÓN PROCESAL
La Procuraduría Pública Ad Hoc designada para ejercer la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado Peruano, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht, solicitó la sucesión procesal del fallecido John Patrick Michael Barclay Méndez, a fin que sea sustituido por sus herederos, citando el artículo 108.1 del CPC, aplicable de manera supletoria al proceso penal, en base a los siguientes argumentos:
1.1 La Procuraduría Pública se apersonó como actor civil al proceso penal, planteando una pretensión resarcitoria provisional, asimismo, postuló en la etapa intermedia la pretensión resarcitoria definitiva, a fin que sea pagada de manera solidaria por todos los investigados, entre ellos, por Patrick Michael Barclay Méndez, quien habría sido miembro del Comité que llevó a cabo el proceso de licitación.
1.2 La muerte del investigado John Patrick Michael Barclay Méndez acarrearía la extinción de la acción penal, sin embargo, la pretensión resarcitoria civil tendría otro tratamiento, en cuyo caso, rige el artículo 108.1 del CPC, el cual ordena que si uno de los sujetos procesales fallece, la sucesión debe tomar su lugar como sujeto activo o pasivo, siendo de aplicación los artículos 96 y 101 del CP, así como los artículos 661 y 1218 del CC, según los cuales las obligaciones se transmiten a sus herederos.
1.3 Existe un daño indemnizable al Estado, debido a que el investigado John Patrick Michael Barclay Méndez es uno de los sujetos pasivos llamados a reparar el daño, sin embargo, al fallecer, la sucesión tomaría su lugar como sujeto pasivo, para que pueda ejercer su derecho de defensa, pues la obligación de reparar no se extingue, en cuyo caso, conforme al artículo 661 del CC que consagró el principio intra vires, la sucesión responderá solo por el monto de la herencia.
1.4 Existen diversos pronunciamientos jurisprudenciales, entre ellos, la Casación 1535-2017-Ayacucho que estableció la independencia de la acción civil sobre la penal, dado que a pesar de haberse producido el sobreseimiento de la acción penal por cualquier causa, el objeto civil se mantendría, como por ejemplo, el caso LAMSAC, en donde se ventilaría solo el caso civil, el caso Olmos, en cuya etapa intermedia se produjo el fallecimiento de varias personas, motivando que el Juez convoque a sus herederos (solo se ve el objeto civil), y el caso 262020-1 IIRSA NORTE (funcionarios de Ositran), en donde mediante resolución 13 se dispuso la sucesión procesal de John Patrick Michael Barcklay Méndez.
1.5 En su segunda intervención agregó los siguientes argumentos: i) no se requiere de una sentencia que haya establecido la obligación de la reparación civil; ii) en el juicio oral se deberá dilucidar la responsabilidad civil.
[Continúa…]
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)





![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![PJ ordena cancelar de manera definitiva el uso de caballos en el servicio de paseo en calesa en la Plaza Mayor de Lima por constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal y agredir la integridad física de estos seres sintientes [Expediente 03840-2022-0, f. j. 4.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)

![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-100x70.jpg)



