¿Puede el juez disponer el tratamiento desadictivo del adolescente infractor como medida socieducativa?

El Pleno Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla en materia de Familia, se realizó en noviembre de 2018. Se debatieron dos temas puntuales, a saber:

  • La carga probatoria en los procesos de divorcio por causal de abandono injustificado.
  • Durante la ejecución de una medida socioeducativa no privativa de la libertad en un proceso de infracción penal, el juez puede incorporar el tratamiento desadictivo como medida alternativa.

ACTA DEL PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL DE FAMILIA

En el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, siendo las ocho y treinta horas de la mañana del día veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, se reunieron en el Auditorio de la sede de Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, bajo la presidencia de la Sra. Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Ora. Olga Udla Inga Michue, del Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales para el año dos mil diecisiete, de esta Corte Superior de Justicia, Dr. Walter Bduardo Campos Murillo, y del Sr, Presidente de la Comisión Organizadora del Pleno Distrital de Familia, Dr. Chrlstlan Arturo Hernández Alarcón; así como los Sres. Magistrados que a continuación se detallan, con el objeto de llevar adelante el Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Laboral, programado para el día de la fecha:

Participantes Funcionarios Asistencia
Dra. Brizalina Carrasco Alvarez Juez Superior Titular (Jefa de ODECMA de Ventanilla) SI
Dr. Flaviano Ciro Llanos Laurente Juez Superior Titular (Sala Civil de Ventanilla) SI
Dr. Jorge Luis Pajuelo Cabanillas Juez Superior Titular (Sala Civil Ventanilla) SI
Dr. Erwin Maximiliano García Matallana Juez Superior Titular

(Sala Laboral de Ventanilla)

SI
Dra. Miryam Rosemarie Ordoñez Zavala Jueza Superior Provisional (Sala Laboral de Ventanilla) SI
Dr. Ricardo Jonny Moreno ‘ Ccancce Juez Especializado Titular (Primer Juzgado Civil de Ventanilla) SI
Dra. Mana Otárola Paredes Juez Especializado Supernumeraria (Segundo Juzgado Civil de Ventanilla) SI
Dra. Estela Alejandrina Solano                  Alejos Juez Especializado Titular (Tercer Juzgado Civil de Ventanilla) SI

 

Dra. Yolanda Petronila Campos Sotelo Juez Especializada Provisional (Juzgado Civil de Mi Perú) SI
Dr. Roy Esteban Alva Navarro Juez Especializada Titular (Juzgado Civil de Pachacutec) SI
Dra. Katherine La Rosa Castillo Juez Especializada Titular (Primer Juzgado de Familia de Ventanilla) Si
Dra. Yessica Paola Viterí Valiente Juez Especializada Titular (Segundo Juzgado de Familia de Ventanilla) SI
Dra. Luzmila Becerra Alvarado Juez de Paz Letrado Supernumeraria (Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla) SI
Dra. Dina Bendezu Muñoz Juez de Paz Letrado Supernumeraria (Juzgado de Paz Letrado de Mi Perú) SI
Dra. Ángela Rengifo Carpió Juez de Paz Letrado Titular

(Juzgado de Paz Letrado de Pachacútec)

SI

Acto seguido, el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora del Pleno Distrital de Familia comunicó los temas que será puestos a consideración de la sesión plenaria, los mismos que se les hizo conocer oportunamente a través de las carpetas de trabajo que para el efecto se les alcanzó, tras lo cual se procedió a escuchar las disertaciones académicas que están a cargo de diversos especialistas en las materias bajo análisis.

A continuación, el Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales informó que se procederá a la conformación de dos grupos de trabajo, cada uno de los cuales deberán elegir a un Presidente del grupo así como a un Secretario y a un Relator, responsables de someter al debate y deliberación cada uno de los temas objeto de este Pleno Juridiccional, y luego , previa ponencia de su posición o postura, alcanzar las conclusiones a las que hubieran arribado.

Luego de ello, el Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Juridiccionales exhortó a los Magistrados a iniciar el debate con el compromiso y la responsabilidad que ello amerita, en aras de !a eficaz y eficiente consecución de los objetivos y fines a los que se orienta.

Siendo las once y treinta horas de la mañana, el Sr. Presidente en alusión dio inicio al debate correspondiente, concediéndose el lapso de una hora y media para el análisis y debate respectivo.

A las dos y treinta horas de la tarde, se dio inicio a la exposición de los Relatores de cada grupo respecto de los acuerdos arribados. Culminados los mismos se procedió a emitir la votación en la cual sólo participan los Jueces Superiores presentes, siendo que el Presidente de Ja Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales, de acuerdo a lo establecido en la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tiene voto dirimente de presentarse empate en la votación (Total: siete Jueces Superiores votantes, de los cuales uno de ellos, es un Juez Superior dirimente), quedando en consecuencia tras las deliberaciones efectuadas, la siguiente síntesis:


TEMA II

¿DURANTE LA EJECUCIÓN DE UNA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA NO PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EN UN PROCESO DE INFRACCIÓN PENAL, EL JUEZ PUEDE INCORPORAR EL TRATAMIENTO DESADICTIVO COMO MEDIDA ACCESORIA?

Posición 01: Sí, el juez puede incorporar el tratamiento desadictivo como una medida accesoria durante la ejecución de una medida socioeducativa, siempre que: i) el consumo de drogas sea identificado por la entidad encargada del tratamiento del adolescente como un factor abordaje necesario para lograr la resocialización ii) El tratamiento sea propuesto por tal entidad como medida necesaria para alcanzar los fines que persigue la medida.

Posición 02: No, el juez no puede incorporar el tratamiento desadictivo como una medida accesoria durante la ejecución de una medida socioeducativa de libertad restringida, pues ello conllevaría a modificar la decisión contenida en la sentencia firme que fue dictada en el proceso de infracción a la ley penal.

Cabe precisar, que el Grupo I, conformado por los señores magistrados Brizalina Carrasco Álvarez, Christian Arturo Hernández Alarcón, Flaviano Ciro Llanos Laurente, Jorge Luis Pajuelo Cabanillas, Yolanda Campos Sotelo, Ricardo Jonny Moreno Ccancce y Yessica Viteri Valiente, ha propuesto una tercera ponencia, que se detalla a continuación:

TERCERA PONENCIA:

Sí, el juez puede incorporar el tratamiento desadictivo como una medida durante la ejecución de una medida socioeducativa, siempre que:

i) El consumo de drogas sea identificado por la entidad encargada del tratamiento del adolescente como un factor de abordaje necesario para lograr su resocialización.
ii) El tratamiento sea propuesto por la entidad como medida necesaria para alcanzar los fines que persigue la medida.
iii) El adolescente manifieste su voluntad informada de someterse al tratamiento.

El señor Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales, invito a los señores jueces a emitir sus opiniones respecto de la tercera ponencia. Luego de las opiniones emitidas, se reflejó el siguiente resultado:

Grupo I: Posición 3 por unanimidad.
Grupo II: Posición 1 por unanimidad.

VOTACIÓN DEL PLENARIO POR LOS MAGISTRADOS SUPERIORES:

Posición 1: 00 VOTOS.
Posición 2: 00 VOTOS.
Posición 3: 07 VOTOS (Brizalina Carrasco Álvarez, Jorge Luis Pajuela Cabanillas, Flaviano Ciro llanos Laurente, Myriam Rosemarie Ordoñez Zavala, Erwin Maximiliano García Matallana, Christian Arturo Hernández Alarcón y Walter Eduardo Campos Murillo),

ACUERDO: Aprobada por unanimidad la Posición 3.

Con todo, concluyó la sesión plenaria a las cuatro horas de la tarde, siendo suscrita la presente acta tras su finalización, tanto por el Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales para el año dos mil diecisiete, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Dr. Walter Eduardo Campos Murillo, así como por el señor Presidente de la Comisión Organizadora del Pleno Distrital en Materia de Familia, Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón (Presidente).

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