En la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, se ha publicado la Ley 31352 que permite a fiscales disponer que cadáveres de terroristas sean incinerados.
LEY Nº 31352
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 112-A A LA LEY 26842, LEY GENERAL DE SALUD, A FIN DE ESTABLECER EL DESTINO DE CADÁVERES DE INTERNOS QUE VENÍAN CUMPLIENDO CONDENA POR LOS DELITOS DE TRAICIÓN A LA PATRIA O DE TERRORISMO EN SU CONDICIÓN DE LÍDER, CABECILLA O INTEGRANTE DE LA CÚPULA DE ORGANIZACIONES TERRORISTAS
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto incorporar el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, a efectos de establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.
Artículo 2. Incorporación del artículo 112-A a la Ley 26842
Incorpórase el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, en los siguientes términos:
Artículo 112-A.- En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia.
La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispone la dispersión de los restos cremados en tiempo y lugar de naturaleza reservada. En su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre de dos mil veintiuno.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
GUIDO BELLIDO UGARTE
Presidente del Consejo de Ministros
Descargue la ley aquí
[Actualización 16.9.2021] Con 70 votos a favor, 32 en contra y 14 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio del dictamen recaído en los proyectos de ley 191, 195 y 203, referidos al destino legal de los cadáveres de condenados por delitos de terrorismo en su calidad de líderes o cabecillas o por delito de traición a la patria.
La medida fue exonerada de segunda votación con 81 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención.
A continuación puede leer el texto sustitutorio aprobado.
LEY QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 112-A A LA LEY 26842, LEY GENERAL DE SALUD, A FIN DE ESTABLECER EL DESTINO FINAL DE LOS CADAVERES DE LOS CONDENADOS POR EL DELITO DE TERRORISMO Y TRAICIÓN A LA PATRIA
Articulo 1. Objeto de la ley
La presente ley tiene como objeto incorporar el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, a efectos de establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumplinedo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.
Articulo 2. Incorpración del artículo 112-A a la Ley General de Salud
Incorpórase el articulo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, een los siguientes términos:
Articulo 112-A.- En el caso de un cadaver que venía cumpliendo condena con sentencia firme por delito de traición a la patria o terrrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente en decisión motivada e inimpugnable dispone su cremación previa necropsia.
La autoridad sanitaria en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de 24 horas.
La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispone la dispersión de los restos cremados en tiempo y ugar de naturaleza reservada, en su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior.
[Nota previa 15.9.2021]
La congresista Gladys Echaiz, del grupo parlamentario Alianza para el Progreso, presentó el Proyecto de Ley 195-2021-CR, que plantea modificar el articulo 114 de la Ley 26842, Ley General de Salud, a fin de establecer los supuestos de cremación y destino final de restos de los condenados por delitos de terrorismo en su calidad de líderes o cabecillas o por delito de traición a la patria.
El Ministerio de Justicia sería responsable de recibir el cadáver, para su cremación y el destino final de los restos que tendrá carácter de secreto.
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY 26842, LEY GENERAL DE SALUD, REFERIDO A LA DISPOSICIÓN Y DESTINO FINAL DE LOS CADAVERES DE LOS CONDENADOS POR EL DELITO DE TERRORISMO Y TRAICIÓN A LA PATRIA
Articulo 1. Objeto de la ley
La presente ley tiene como objeto modificar el articulo 114 de la Ley 26842, Ley General de Salud, a fin de establecer los supuestos de cremación y destino final de restos de los condenados por delitos de terrorismo en su calidad de lideres o cabecillas o por delito de traición a la patria.
Articulo 2. Modificación del articulo 114 de la Ley 26842, Ley General de Salud Modificase el articulo 114 de la Ley 28842, Ley General de Salud, el mismo que queda redactado en los términos siguientes:
Articulo 114 – Los cadáveres de personas no identificadas o que habiendo sido identificados, no hubieren sido reclamados dentro del plazo de treintiséis (38) horas luego de su ingreso a la morgue, podrán ser dedicados a fines de investigación estudio. Para los mismos fines podrán utilizarse cadáveres o restos humanos por voluntad manifiesta de la persona antes de fallecer o con consentimiento de sus familiares
Tratándose de lideres o cabecillas de organizaciones terroristas o de quienes hayan incurrido en el delito de traición a la patria, que fallecieran durante el cumplimiento de su condena como tales, el Ministerio Público dispondrá en el plazo antes señalado y mediante decisión debidamente motivada e inimpugnable la cremación del cadáver.
El Ministerio de Justicia es el responsable de recibir el cadáver, su cremación y del destino final de los restos que tendrá el carácter de secreto.
El acto de cremación se llevará a cabo dentro de las 24 horas siguientes a la entrega del cadáver y en presencia de un representante del Ministerio Público para los fines de identificación
Lima, 12 de setiembre de 2021
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)




![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-100x70.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Protocolo de atención del centro de emergencia mujer [RM 100-2021-MIMP] Protocolo de atención del centro de emergencia mujer](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/03/Atencion-del-centro-de-emergencia-mujer-LP-324x160.png)