[Posición adoptada: Sí es prioritario que el juez unipersonal y colegiado durante el juzgamiento actúe la prueba personal admitida antes que la lectura de documentos a fin de concretar y hacer efectiva la contradicción, para evitar la valoración de los actos de investigación preliminar.]
ACTA DE SESION PLENARIA
[…]
TEMA IV
SOBRE EL DERECHO A LA PRUEBA Y CONTRADICCION DEL IMPUTADO EN EL PROCESO INMEDIATO
Dada la inmediatez de los plazos, del juzgamiento y la celeridad que persigue el decreto legislativo 1194 resulta indispensable, de necesidad y racional evaluar la flexibilidad en la presentación de los medios de prueba del imputado. Los defensores de elección o publico generalmente señalan al aperturarse el juzgamiento que recién han sido designados o contratados y no han definido la estrategia y el cuadro probatorio.
Problema 2:
¿Es prioritario, que el juez unipersonal y colegiado durante el juzgamiento actúe la prueba personal admitida antes que la lectura de documentos a fin de concretar y hacer efectiva la contradicción para evitar la valoración de los actos de investigación preliminar?
27 magistrados señalaron que sí.
10 magistrados señalaron que no hay un orden predeterminado y dependerá del caso concreto.
[Continúa…]
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![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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