Fundamentos destacados: 12. […] Como puede observarse, tanto la doctrina nacional como extranjera ha considerado que la partición representa un genuino acto de traslación de dominio y, como tal, sirve para acreditar el derecho de propiedad de sus titulares, por lo tanto, si el título que contiene dicho acto traslativo de dominio, además contará con la antigüedad a que hace referencia el artículo 2018 del Código Civil, no existiría impedimento alguno para ser considerado como título inmatriculador.
[…]
14. En consecuencia en virtud de los argumentos vertidos en el presente análisis y en aplicación del precedente de observancia obligatoria arriba citado, el título inmatriculador en el caso submateria lo constituye la escritura pública de división y partición del 02/05/1997, razón por la cual, debe ponerse a disposición del administrado –en la mesa de partes- el instrumento público de fecha 06/05/1938, agregando que, al no constituir –en el presente caso- el título inscribible, resulta innecesaria la aclaración solicitada por el registrador referente a dicho instrumento.
Por lo tanto, corresponde dejar sin efecto los numerales 1, 2, 3 y 4 de la observación formulada.
Sumilla: Inmatriculación por división y partición
La escritura pública de división y partición da mérito a la inmatriculación si cuenta con la antigüedad requerida por el artículo 2018 del Código Civil, esto es, de por lo menos cinco años.
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN No. – 107 -2021-SUNARP-TR
Lima, 30 de abril 2021.
APELANTE : LUIS ALBERTO GÁLVEZ PAREDES
TÍTULO : N° 1707977 del 8/10/2020.
RECURSO : Escrito presentado el 22/1/2021.
REGISTRO : Predios de Tarma.
ACTO : Inmatriculación.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Mediante el título venido en grado de apelación se solicita la inmatriculación del predio con un área de 296.30 m2. ubicado en Jr. Chanchamayo, sector de Callancha, distrito, provincia de Tarma y departamento de Junín, a favor de Eva Consuelo Paredes Vargas y Carmen Rosa Paredes Vargas de Gálvez.

Para tal efecto se presenta la siguiente documentación:
- Solicitud del 8/10/2020 suscrita por Carmen Rosa Paredes Vargas de Gálvez.
- Fotocopia simple de la esquela de observación del título N° 876583 del 15/7/2020.
- Fotocopia simple de la partida electrónica N° 11040880 del Registro de Testamentos de Tarma.
- Certificación de reproducción del testimonio de la escritura pública de canje de propiedades del 6/5/1938, expedida por el notario de Lima Moisés Javier Espino Elguera el 8/10/2020.
- Certificado negativo de catastro N° 074-2019 del 10/4/2019 expedido por Sandro F. Anticona Rodríguez, en su condición de Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Municipalidad Provincial de Tarma.
- Memoria descriptiva de febrero de 2019 suscrita por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes y visada por Sandro F. Anticona Rodríguez, en su condición de Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Municipalidad Provincial de Tarma el 10/4/2019.
- Plano de ubicación-localización de febrero de 2019 (lámina U-0) suscrito por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes y visado por Sandro F. Anticona Rodríguez, en su condición de Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Municipalidad Provincial de Tarma el 10/4/2019.
- Plano perimétrico de febrero de 2019 (lámina P-0) suscrito por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes y visado por Sandro F. Anticona Rodríguez, en su condición de Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Municipalidad Provincial de Tarma el 10/4/2019.
- Fotocopia simple del informe técnico N° 8402-19-ZRVIII-SHYO/UREG-CAT-ORT del 6/5/2019.
- Fotocopia simple de certificado de búsqueda catastral.
Mediante reingreso del 20/11/2020 se adjuntaron los siguientes documentos:
- Escrito de subsanación del 20/11/2020 suscrito por Carmen Rosa Paredes Vargas de Gálvez.
- Testimonio de la escritura pública de partición, división y adjudicación del 2/5/1997 otorgada ante el ex notario de la provincia de Tarma Rolando Rojas Arroyo, expedido por Augusto Gianni Santisteban García, en su condición de Director de la Dirección de Archivo Regional Junín del Gobierno Regional de Junín el 2/5/1997.
- Testimonio de la escritura pública de canje de propiedades del 6/5/1938 otorgada ante el ex notario de la provincia de Tarma Adolfo Mascassi Aguilar, expedido por Joel M. Salvador Lazo, en su condición de Director Regional de la Dirección Regional de Archivo Junín del Gobierno Regional de Junín el 25/6/2019.
- Fotocopia simple de la carta poder suscrita por Carmen Rosa Paredes Vargas de Gálvez, con firma certificada por el notario de Tarma Paulo Vivas Sierra el 24/6/2019.
- Memoria descriptiva de noviembre de 2020 suscrita por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes.
- Plano de ubicación-localización de noviembre de 2020 (lámina U-1) suscrito por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes.
- Plano perimétrico de noviembre de 2020 (lámina P-1) suscrito por ingeniero civil Luis Alberto Gálvez Paredes.
Vía reingreso del 23/12/2020 se acompañó solicitud de ampliación de plazo suscrita por el presentante Luis Alberto Gálvez Paredes.
[Continúa…]
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