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COMPARECENCIA Y DETENCIÓN DOMICILIARIA
A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la comparecencia y detención domiciliaria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.
1. Son circunstancias en las que procede la comparecencia:
I. La comparecencia simple procede cuando el fiscal no solicita la prisión preventiva al término del plazo de la detención judicial dado en un contexto
de flagrancia.
II. La comparecencia simple procede cuando el fiscal no solicita la prisión preventiva al término del plazo de la detención judicial.
III. Cuando no concurren los presupuestos de la prisión preventiva.
IV. Cuando el juez determina existencia de los elementos de convicción, excepto del peligro procesal.
a. I y III son correctas.
b. I y IV son correctas.
c. I, III y IV son correctas.
d. II y IV son correctas.
e. II y III son correctas.
2. ¿Qué debe hacer el juez de la investigación preparatoria si el fiscal no solicita prisión preventiva al término del plazo previsto en el artículo 266 del Código Procesal Penal?
a. Dictar mandato de prisión preventiva.
b. Dictar mandato de comparecencia simple.
c. Liberar al imputado.
d. Ordenar arresto domiciliario.
e. Suspender la investigación.
3. ¿Qué factores se consideran para determinar la calidad y cantidad de la caución?
a. La gravedad del delito y la opinión pública.
b. La naturaleza del delito, condición económica, personalidad, antecedentes del imputado, modo de cometer el delito y gravedad del daño.
c. La cantidad de testigos presentes en el juicio.
d. La duración del proceso judicial.
e. La relación del imputado con la víctima.
4. ¿Qué sucede si el imputado carece de suficiente solvencia económica para la caución personal?
a. Se le exime de pagar la caución.
b. Ofrecerá fianza personal escrita de una o más personas naturales o jurídicas.
c. Se le permite salir bajo palabra.
d. Se le asigna un defensor público.
e. Se le impone una multa adicional.
5. ¿Cuándo se procede a una caución real?
a. Cuando el imputado lo solicita expresamente.
b. Cuando el juez lo considera necesario sin importar las circunstancias.
c. Cuando las modalidades de cauciones anteriores son ineficaces y por la naturaleza económica del delito.
d. Cuando el imputado tiene antecedentes penales.
e. Cuando el delito es de naturaleza violenta.
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6. ¿Qué ocurre con la caución si el imputado es absuelto o sobreseído?
a. La caución se pierde automáticamente.
b. La caución se dona a una organización benéfica.
c. La caución se devuelve con los respectivos intereses devengados.
d. La caución se utiliza para pagar los costos del juicio.
e. La caución se transfiere a la víctima del delito.
7. ¿En qué casos se impondrá la detención domiciliaria según el artículo 290 del Código Procesal Penal?
a. Cuando el imputado es menor de 18 años.
b. Cuando el imputado es mayor de 65 años, tiene una enfermedad grave o incurable, sufre grave incapacidad física permanente o es una madre gestante.
c. Cuando el imputado tiene antecedentes penales.
d. Cuando el imputado es un funcionario público.
e. Cuando el imputado es extranjero.
8. ¿Qué condición debe cumplirse para que se imponga la detención domiciliaria?
a. Que el imputado tenga un trabajo estable.
b. Que el peligro de fuga o de obstaculización pueda evitarse razonablemente con su imposición.
c. Que el imputado tenga una familia numerosa.
d. Que el imputado resida en una zona rural.
e. Que el imputado haya confesado el delito.
9. ¿Dónde debe cumplirse la detención domiciliaria?
a. En cualquier lugar que el imputado elija.
b. En el domicilio del imputado o en otro que el juez designe y sea adecuado a esos efectos.
c. En una prisión de mínima seguridad.
d. En un centro comunitario.
e. En la casa de un familiar cercano.
10. ¿Quiénes son responsables del control de la observancia de las obligaciones impuestas durante la detención domiciliaria?
a. El abogado defensor del imputado.
b. El Ministerio Público y la autoridad policial.
c. Los vecinos del imputado.
d. El juez de paz.
e. Los familiares del imputado.
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