Examen PROFA: Seis preguntas sobre procedimiento administrativo general

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Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa les dejamos aquí estas preguntas sobre el procedimiento administrativo general. Como se sabe, el ítem 9.3 del temario del Profa 25.° se refiere al procedimiento formal que regula las actuaciones administrativas. ¿Te animas a resolver las preguntas?

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La ONP ha decidido iniciar un procedimiento de oficio de fiscalización posterior con relación a la pensión otorgada a don Francisco Manrique. Sin embargo, la ONP no le ha notificado el acto administrativo denominado de inicio a don Francisco Manrique, por lo que él reclama la nulidad de dicho procedimiento.

1. Sobre el caso anterior, marque la alternativa correcta:

a) Los procedimientos de fiscalización posterior están exceptuados de la notificación del acto administrativo de inicio.

b) El procedimiento administrativo en cuestión resulta nulo puesto que no se ha notificado al administrado sobre el inicio del mismo a fin de que pueda ejercer su derecho de defensa.

c) Los procedimientos de fiscalización posterior solamente son válidos en la medida que el administrado haya sido notificado del acto administrativo de inicio.

d) El administrado podrá exigir a la ONP que cumpla con notificarle el acto administrativo de inicio del procedimiento de oficio a fin de continuar con el procedimiento en cuestión.

2. La acumulación subjetiva de pretensiones en el procedimiento administrativo comprende:

a) La posibilidad que tienen los administrados de acumular en un solo escrito más de una pretensión, siempre que se trate de asuntos conexos.

b) La posibilidad que tienen los administrados de solicitar planteamientos subsidiarios o alternativos.

c) La posibilidad que tienen los administrados de acumular en un solo escrito más de una pretensión, sin necesidad de que se trate de asuntos conexos.

d) La posibilidad que tienen los administrados de comparecer conjuntamente por medio de un solo escrito, conformando un único expediente y unificando su apersonamiento.

Don Silverio Tenorio, en su calidad de vecino, inicia un procedimiento administrativo de parte ante la Municipalidad de Villa María del Triunfo, a fin de conseguir que se clausure definitivamente un local en el que a diario se emiten gases tóxicos producto de la quema de residuos sólidos. En su pretensión, don Silverio Tenorio alega que el local en cuestión se encuentra ubicado cerca a viviendas y a un colegio de educación inicial, por lo que se vendría afectando el derecho a gozar de un ambiente sano. Sin embargo, luego de iniciado el procedimiento administrativo, don Silverio Tenorio decide presentar un escrito de desistimiento de la pretensión.

Por otro lado, en dicho procedimiento la Municipalidad de Villa María del Triunfo ha otorgado medidas cautelares sin que don Silverio Tenorio las haya solicitado.

3. Sobre lo planteado en el caso anterior (primer párrafo), marque la alternativa correcta:

a) El desistimiento planteado por el administrado no surte efectos debido a que el desistimiento solo puede plantearse respecto de derechos de libre disposición.

b) El desistimiento planteado por el administrado surtirá efectos debido a que fue el propio administrado quien inició el trámite del mismo.

c) La autoridad administrativa deberá admitir el desistimiento solo si la presentación del escrito ha sido acompañada de la firma de todos los vecinos que se pudieran sentir afectados por la existencia de dicho local.

d) El desistimiento planteado por el administrado no surte efectos debido a que en el procedimiento administrativo no cabe la figura del desistimiento bajo ningún concepto.

4. Sobre lo planteado en el caso anterior (segundo párrafo), marque la alternativa correcta:

a) La medida cautelar otorgada es perfectamente válida en la medida que en el procedimiento administrativo es posible la adopción de medidas cautelares de oficio.

b) La medida cautelar otorgada no surte efectos jurídicos debido a que las medidas cautelares solamente pueden ser concedidas a solicitud de parte.

c) La medida cautelar debe ser declarada nula porque solo es posible el otorgamiento de las mismas fuera del procedimiento administrativo.

d) En los procedimientos administrativos no cabe la posibilidad de adoptar medidas cautelares.

En el marco de un procedimiento administrativo iniciado a pedido de parte que busca la obtención de una copia de un documento registral, la autoridad competente ha emitido dicha copia en favor del administrado.

5. En el caso anterior, nos encontramos ante un supuesto de:

a) Conclusión del procedimiento administrativo por sustracción de la materia.

b) Conclusión del procedimiento administrativo por prestación efectiva.

c) Conclusión del procedimiento administrativo por acuerdo convencional.

d) Conclusión del procedimiento administrativo por hecho sobrevenido.

El Área Especializada Unipersonal Transitoria de Pesquería del Ministerio de la Producción, mediante Acta de Fiscalización de Vehículos 20-AFIV9900, ha comprobado que el día 18 de abril de 2019 en inmediaciones de La Punta, Callao (en el marco de un operativo llevado a cabo por los fiscalizadores del Ministerio de Producción) la cámara isotérmica de placa de rodaje P20-733 de propiedad del señor Juan Salazar almacenaba recursos hidrobiológicos más allá de lo permitido legalmente. Por lo tanto, luego del procedimiento respectivo, se le impone una sanción de multa. El administrado sostiene, sin embargo, que no se actuaron los medios probatorios adecuados a fin de comprobar si realmente había sucedido lo que se le imputaba.

6. Sobre el caso descrito, cabe afirmar correctamente lo siguiente:

a) Según la Ley del Procedimiento Administrativo General los hechos que hayan sido comprobados con ocasión del ejercicio de funciones de fiscalización si están sujetos a actuación probatoria.

b) Se debe declarar nula la sanción de multa puesto que la misma se ha basado en un hecho carente de comprobación probatoria.

c) Según la Ley del Procedimiento Administrativo General los hechos que hayan sido comprobados con ocasión del ejercicio de funciones de fiscalización no están sujetos a actuación probatoria.

d) Según la Ley del Procedimiento Administrativo General los hechos que hayan sido comprobados con ocasión del ejercicio de funciones de fiscalización deben ser verificados por el ente superior para tener validez.

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