Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 27 les dejamos aquí estas preguntas (y respuestas) sobre estado constitucional de derecho que tomó el extinto Consejo Nacional de la Magistratura.
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1. Sobre el principio de presunción de veracidad, como componente del procedimiento administrativo general, marque la alternativa correcta:
a) En la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción no admite prueba en contrario.
b) El principio de presunción de veracidad establece que cualquier acto de la administración pública en su relación con los administrados se presume legal; presunción que solamente podrá ser desvirtuada en la vía judicial.
c) En la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario.
d) El principio de presunción de veracidad es aquel que señala que el administrado tiene el deber de coadyuvar a la administración pública en el conocimiento de la verdad material alegando al procedimiento administrativo pruebas ciertas y veraces.
Rodrigo Morales es un cadete de segundo año de la Escuela Militar de Chorrillos con un impecable historial de buena conducta, pero que en el año 2019 fue dado de baja de dicha escuela de formación por haber sustraído copias de la evaluación final del curso de Matemáticas II a un profesor y repartirlo entre sus compañeros de clase antes del examen. El Consejo de Disciplina de la Escuela Militar de Chorrillos tomó dicha decisión a través de la Resolución de Consejo Disciplinario 34009-2019-EMCH en aplicación de la causal establecida en el literal c) del artículo 89 del Reglamento de Disciplina que dice lo siguiente:
“Se determinará la separación definitiva de la escuela (baja) por faltas muy graves cometidas en cualquier etapa de la formación castrense, tales como (…) robo y/o hurto en cualquier circunstancia (…) Se determinará la separación definitiva (baja) al incurrir en cualquier tipo de falta grave o muy grave, después de haber acumulado dos separaciones temporales durante su permanencia en la Escuela Militar de Chorrillos”.
2. Marque la alternativa correcta:
a) En el presente caso se ha transgredido el subprincipio de tipicidad toda vez que se ha aplicado al recurrente la sanción de separación definitiva (baja) sin encontrarse en el supuesto de hecho determinado por el Reglamento de Disciplina.
b) En el presente caso se ha transgredido el principio de legalidad toda vez que se ha aplicado al recurrente la sanción de separación definitiva (baja) sin encontrarse en el supuesto de hecho determinado por el Reglamento de Disciplina.
c) La sanción impuesta al cadete no ha vulnerado ningún principio del derecho administrativo disciplinario.
d) En el presente caso se ha transgredido el principio de razonabilidad en tanto la sanción impuesta al cadete es desproporcionada con relación al hecho que se le atribuye.
La asociación de comerciantes “Nueva Esperanza” señala que la Municipalidad Provincial de Ica, a través de la Resolución de Alcaldía 647-2019-MPI, ha ordenado la clausura y sellado de las puertas abiertas ilegalmente del local de la asociación y la demolición de las construcciones de los servicios higiénicos que no cuenten con licencia municipal de construcción; además, los sanciona con multa por haber efectuado demolición de construcciones sin contar con autorización municipal.
3. Marque la alternativa correcta:
a) En este caso se ha vulnerado el principio de non bis in idem pues se le impone a la asociación de comerciantes una triple sanción por un mismo hecho.
b) En este caso se ha vulnerado el principio de concurso de infracciones puesto que, a pesar de estar ante una misma conducta calificada como infracción, no se ha aplicado la sanción prevista para la infracción más grave.
c) En el presente caso no se ha vulnerado ni el principio de concurso de infracciones ni el de non bis in idem puesto que las sanciones impuestas corresponden a hechos distintos, como son construir, abrir y demoler sin la autorización municipal correspondiente.
d) En este caso no se ha vulnerado el principio de non bis in idem.
Oscar Medina es un oficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) quien ha sido pasado a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria atribuyéndosele haber actuado en contra del decoro y la buena imagen de la institución policial. Ello, tras haber contraído matrimonio con una mujer que fue sentenciada por el delito de tráfico ilícito de drogas.
4. ¿Qué principio se ha vulnerado en el presente caso?
a) En el presente caso se ha vulnerado el principio de causalidad.
b) En el presente caso se ha vulnerado el principio de eficacia.
c) En el presente caso se ha vulnerado el principio de legalidad.
d) En el presente caso se ha vulnerado el principio de continuación de las infracciones.
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha decidido, mediante la Resolución 1824/ONP/2018, suspender la pensión de jubilación de don Marco Páez que le fue otorgada bajo los alcances del Decreto Ley 1990 tan solo dos años antes de la emisión de dicha resolución. La ONP decidió suspender la pensión de don Marco Páez luego de verificar que había presentado documentación falsa para acceder a la misma.
5. ¿Bajo qué principio se ampara el accionar de la ONP en el presente caso?
a) Principio de debido procedimiento.
b) Principio de verdad material.
c) Principio de uniformidad.
d) Principio del privilegio de controles posteriores.
Víctor Gutiérrez, profesor de la Universidad Nacional Nueva Esperanza, ha sido sancionado con la medida disciplinaria de separación del cargo por haber cometido la falta grave en el ejercicio de sus funciones como docente. A través del Acta de Circunstancias 0034-2018-NE, Federico Salazar (asesor legal de la referida universidad) recomienda la instauración del procedimiento administrativo disciplinario en contra de Víctor Gutiérrez. Más tarde, Federico Salazar, conformando el Consejo de Disciplina junto con otros cuatro funcionarios de la universidad, decidió la imposición de la medida disciplinaria.
6. ¿Qué principio se ha vulnerado en este caso?
a) Principio de uniformidad.
b) Principio de imparcialidad.
c) Principio de legalidad.
d) Principio de presunción de veracidad.
7. ¿Cuál de los siguientes principios no corresponde a los principios del
procedimiento administrativo?
a) Principio del debido procedimiento.
b) Principio de impulso de oficio.
c) Principio de contradicción.
d) Principio de imparcialidad.
8. Los principios son normas abstractas y generales que emiten un mandato de optimización, es decir que pueden ser cumplidos en diferente grado según las posibilidades fácticas y jurídicas existentes (Robert Alexy). Teniendo como base ello, señale la respuesta incorrecta respecto de los siguientes principios del procedimiento administrativo:
a) Las excepciones al principio de impulso de oficio están constituidas por aquellos casos en los que la iniciación del procedimiento depende del particular, como por ejemplo las reclamaciones y los recursos.
b) Junto con el principio de impulso de oficio se encuentra el principio de instrucción que implica que la obtención de las pruebas o certificación o averiguación de los hechos no corresponde solamente a la parte, sino que también debe ser efectuada de oficio.
c) El principio de verdad material, íntimamente ligado al principio de instrucción, implica que la autoridad administrativa deberá adoptar todas las medidas probatorias, aun cuando no hayan sido propuestas por las partes. Asimismo, en base a este principio, los acuerdos conciliatorios adoptados por las partes no resultan obligatorios para el órgano administrativo, por cuanto este tiene la obligación de comprobar la veracidad de los hechos.
d) El principio de informalismo implica que las normas del procedimiento administrativo deben ser interpretadas en favor de los administrados. Esto quiere decir que cuando la norma exija un formalismo que puede ser subsanable dentro del proceso, esta exigencia no debe impedir la admisión o la decisión final sobre las pretensiones de los administrados, siempre que no afecten derechos de terceros o en el orden público.
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