El congresista Jim Ali Mamani Barriga, de Unión por el Perú, presentó el Proyecto de Ley 4957/2020-CR, mediante el que plantea castigar con pena de muerte a los congresistas, ministros, viceministros y gobernadores regionales que cometan delitos de corrupción en estado de emergencia. La pena de muerte también se aplicaría a los presidentes de la Reública si cometiere delitos contra el patrimonio del Estado.
De aprobarse este proyecto se modificarían los artículo 41 y 140 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, significaría la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos u otros instrumentos internacionales.
Fórmula legal
LEY QUE PLANTEA LA PENA DE MUERTE PARA DELITOS DE CORRUPCIÓN COMETIDOS POR PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA (PRESIDELINCUENTES) Y OTROS ALTOS FUNCIONARIOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Artículo 1. Objeto de la ley
La presente Ley tiene por objeto reformar la Constitución Política del Perú para instaurar la pena de muerte en caso de la comisión de delitos de corrupción por parte de Presidentes de la República; así como otros altos funcionados en situaciones de emergencia.
Artículo 2°. Modificaciones a la Constitución Política del Perú
Modifícase los artículos 41° y 140° de la Constitución Política del Perú, conforme al siguiente detalle: […]
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