Mediante el proyecto de ley 4709-2022-CR, proponen exentar de responsabilidad penal al profesional de la salud que practica actos y/0 procedimientos médicos mediando consentimiento informado.
Fórmula legal
LEY QUE EXENTA DE RESPONSABILIDAD PENAL AL PROFESIONAL DE LA SALUD QUE PRACTICA ACTOS Y/O PROCEDIMIENTOS MÉDICOS MEDIANDO CONSENTIMIENTO INFORMADO
Artículo 1. Objeto de la Ley
El objeto de la presente ley es exentar de responsabilidad penal al profesional de la salud que practica un acto y/o procedimiento médico mediando consentimiento informado, modificando para tal efecto la normativa penal correspondiente.
Artículo Único. — Adición del inciso 12 del artículo 20 del Código Penal
Se adiciona el inciso 12 del artículo 20 del Código Penal en los siguientes términos:
“Articulo 20.- Está exento de responsabilidad penal: (…) 12. El profesional de la salud que practica actos y/o procedimientos médicos, mediando un consentimiento informado, que incluya: la explicación, a un paciente atento y mentalmente competente de la naturaleza de su enfermedad, así como, del balance entre los efectos de la misma y los riesgos y beneficios de los procedimientos terapéuticos recomendados. La información al paciente debe ser comprensible y no sesgada; y, el médico no debe sacar partido de su potencial dominancia psicológica sobre el paciente.