La Sala Penal Especial de la Corte Suprema aceptó incorporar al jurista internacional Manuel Cancio Meliá en calidad de «amicus curiae», y rechazó lo propio en relación al también jurista Eugenio Zaffaroni, en el juicio oral seguido contra el expresidente Pedro Castillo y otros acusados por el delito de rebelión.
La solicitud fue planteada por la defensa de Betssy Chávez, quien manifestó su conformidad con la inclusión de un dictamen jurídico elaborado por Cancio Meliá a pedido de parte. El documento aborda «la posible relevancia típica de los hechos sucedidos en la Presidencia de la República, en diciembre de 2022, en cuanto al delito de rebelión tipificado en el artículo 346 del Código Penal».
Sin embargo, se presentó recurso de reconsideración para que el especialista acuda a declarar en el juicio oral, tras la negativa del colegiado, y Zaffaroni también sea incluido como «amicus curiae». La Sala informó que la decisión sobre este pedido se resolverá este jueves 14 de agosto.
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La defensa busca que el jurista exponga de manera presencial y oralmente sus conclusiones, ante la Sala Penal Especial, precisando que este permanecerá en el país del 12 al 16 de agosto de 2025. De manera subsidiaria, se pidió que su dictamen y declaración se incorporen como prueba excepcional, con autorización para que sea interrogado por las partes.
Según lo argumentado, el dictamen, fechado el 5 de agosto de 2025, tiene como objetivo «dilucidar la subsunción típica del delito de rebelión y, en su caso, verificar la existencia de tentativa del delito de rebelión o conspiración para rebelión en el caso concreto».
Además, el especialista habría manifestado su disposición a declarar y responder preguntas sobre su análisis, en atención a que la interpretación del delito de rebelión «constituye el núcleo del proceso» y se vincula directamente con los hechos controvertidos.
En igual sentido, se solicitó la incorporación del jurista argentino Zaffaroni como amicus curiae debido a que también elaboró un informe jurídico, a petición de parte, sobre la tipificación de los delitos de rebelión y conspiración. En este caso, se planteó que su intervención sea oral y virtual, fijando fecha dentro del mismo plazo temporal.
La defensa sustentó que ambas participaciones son medios de prueba legalmente aptos y útiles para esclarecer los hechos ocurridos el 6 y 7 de diciembre de 2022, por lo que resultan indispensables para contribuir a la determinación de la verdad en el proceso.