Fundamento destacado: Décimo: […] C.- “valiéndose de su calidad de funcionario o servidor público”. El hecho punible se configura si el patrocinio de intereses de particulares ante la administración pública, se efectúa por el agente valiéndose de su calidad de funcionario o servidor público.
Según la doctrina, valerse del cargo implica hacer prevalecer la condición especial de funcionario o servidor público. El sujeto activo abusa del cargo público que ostenta, utiliza su condición especial, sus calidades en el orden social, tendenciosa o abusivamente, para privilegiar a particulares.
Los actos de patrocinio indebido por efectuarse ante la administración pública, deben estar dirigidos hacia otro funcionario o servidor público, que eventualmente tiene dentro de sus atribuciones o funciones resolver algún asunto o conflicto del particular a quien pretende ayudar el sujeto activo.
Lo que interesa es que la conducta del funcionario se dirija a otro funcionario buscando influir en éste de alguna manera. Valerse de la calidad de funcionario distingue la simple intervención del patrocinio ilícito, pues no es lo mismo que el funcionario vaya a preguntar a la mesa de partes de cualquier repartición del Estado, a que se presente usando su calidad de funcionario público para, directa o indirectamente, conseguir presionar sobre los demás funcionarios públicos, El funcionario se aprovecha de su calidad de tal para tener acceso, y eventualmente, influir o presionar a otros funcionarios.[25]
Lo que se criminaliza es el aprovechamiento de la calidad poseída por el funcionario o servidor público. Valerse del cargo es hacer prevalecer la calidad e investidura poseída (privilegios y posesionamientos, jerarquía, rango o relaciones).[26]
A la interpretación efectuada sobre este aspecto, el colegiado considera que también valerse del cargo implica presentarse en su condición de funcionario o servidor público para obtener facilidades, ventajas, en los trámites ante la administración pública y los procesos judiciales, entre los cuales se encuentra la celeridad y obtención de permisos de salida.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
SALA PENAL DE APELACIONES
Expediente: 00021-2011-06-1826-JR-PE-02
Asistente Jurisdiccional: Barreta Polo, Haydée
Ministerio Público: Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios
Sentenciado: Verdeguer Herrera, José Enrique
Delito: Patrocinio Ilegal
Agraviado: El Estado
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
Resolución Nº 5
treinta de mayo 1 año dos mil doce.-
VISTOS Y OÍDOS: En audiencia pública, el recurso de apelación interpuesto por la defensa del sentenciado José Enrique Verdeguer Herrera, contra la Sentencia de fecha catorce de marzo del presente año, que lo condena como autor del delito contra la Administración Pública- Concusión – en su forma de Patrocinio ilegal, en agravio del Estado; interviniendo como ponente y directora de debates la señora Juez Superior Sara del Pilar Maita Dorregaray; y CONSIDERANDO:
[Continúa…]
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