El Ministerio de Salud (Minsa) mediante la Resolución Ministerial 561-2021/MINSA estableció las disposiciones para la realización del proceso de vacunación para los internos de todas las carreras de ciencias de la salud.
En consecuencia el proceso de vacunación se hará desde el 1 de mayo, para ello se debe tomar en cuenta este orden de prelación.
a. Primero: Universidades que cuentan con convenios de cooperación docente asistencial vigentes (en el marco de la Resolución Suprema Nº 032-2005-SA).
b. Segundo: Universidades públicas.
c. Tercero: Universidades con mayor antigüedad, sean públicas o privadas.
Establecen disposiciones para la realización del proceso de vacunación para los internos de todas las carreras de ciencias de la salud, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 561-2021/MINSA
Lima, 30 de abril de 2021
Visto, el expediente Nº 21-049689-001, que contiene el Memorándum N° 511-2021-DG-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, en el inciso 7 del artículo 3 precisa que el Ministerio de Salud es competente en recursos humanos en salud;
Que, el artículo 114 del Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que, la Dirección General de Personal de la Salud, órgano de línea dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, tiene entre sus funciones, el formular la política sectorial en materia de personal de la salud, en el marco de la normatividad vigente; asimismo, es competente para proponer y monitorear la planificación, gestión y desarrollo de personal de la salud a nivel sectorial;
Que, mediante Resolución Ministerial 519-2021/MINSA se aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para el desarrollo de las actividades de los internos de ciencias de la salud 2021 en el marco de la Emergencia Sanitaria”;
Que, con el documento del visto, la Dirección General de Personal de la Salud solicita dejar sin efecto la Resolución Ministerial 519-2021/MINSA;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Personal de la Salud;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y,
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161 y modificatorias, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- El proceso de vacunación para los internos de todas las carreras de ciencias de la salud se realizará a partir del 01 de mayo de 2021.
Artículo 2.- Dispóngase que para la asignación de los campos clínicos de formación de las universidades por las DIRIS/DIRESAs/GERESAs de los internos de ciencias de la salud, debe respetarse el siguiente orden de prelación:
a. Primero: Universidades que cuentan con convenios de cooperación docente asistencial vigentes (en el marco de la Resolución Suprema Nº 032-2005-SA).
b. Segundo: Universidades públicas.
c. Tercero: Universidades con mayor antigüedad, sean públicas o privadas.
Artículo 3.- Los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales, Seguro Social de Salud (ESSALUD), Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú e instituciones privadas, son puestos a disposición de las universidades para el desarrollo de actividades de los internos de ciencias de la salud desde el 1 de junio de 2021.
Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Personal de la Salud la elaboración del nuevo Documento Técnico: Lineamientos para el desarrollo de las actividades de los internos de ciencias de la salud 2021 en el marco de la emergencia sanitaria.
Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial 519-2021/MINSA.
Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
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